Desde marzo de 1987 hasta
noviembre de 1990, la Comunidad Emberá Katio del Resguardo Indígena
Chageradó se vio afectada por explotaciones forestales de magnitud
industrial, sin contar con el debido permiso forestal que debió
ser otorgado por CODECHOCO. Dichas acciones fueron llevadas a cabo
con el aporte financiero, asesoría técnica, maquinarias,
personal propio y total apoyo de la compañía Maderas del
Darién MADERIEN S.A.
Estas explotaciones consistieron en la tala rasa
del bosque húmedo tropical del Resguardo comunitario ubicado alrededor
de los ríos Chageradó y sus afluentes Tebará y Taparal
además de otras zonas aledañas al resguardo, en una extensión
total de 7.247 hectáreas. De esta forma se afecto y modifico el
hábitat de la comunidad ya que se convirtió en un frágil
ecosistema.
Dicha explotación
se realizó sin el estudio ni la elaboración de un plan de
manejo forestal.Como consecuencia de estos hechos la Organización
Indígena de Antioquia en 1993 interpuso una acción de
tutela representando a la Comunidad de Chageradó.
El Juez Tercero Agrario
del Círculo Judicial de Antioquia, falló a favor de los intereses
de la comunidad de Chageradó ordenando a CODECHOCO y MADERIEN S.A.
el pago de un estudio de impacto ecológico y cultural y la formulación
en consecuencia, de un Plan de Manejo y Restauración, cuya ejecución
se debían pagar de inmediato. Ante la apelación interpuesta
por los condenados, la Sala Agraria del Tribunal Superior de Antioquia,
negó la tutela a la comunidad motivada por el argumneto según
el cual los daños ya estaban causados y las medidas adoptadas por
el Juez de instancia no podrían contrarrestar las amenazas a la
comunidad y al ecosistema.
La Honorable Corte Constitucional
reviso la tutela y ratificó los aspectos fundamentales de la decisión
del Juez Tercero Agrario del Círculo Judicial de Antioquia. Determino
que la Comunidad de Chageradó había sufrido daño consumado
y además podría seguir sufriendo perjuicios si no se hacía
una restauración ambiental.
La Sentencia de la Tutela
380 de 1993 determinó que se cuantifiquen los daños causados
y se restauren los recursos naturales afectados por el aprovechamiento
forestal ilícito en el Resguardo de la comunidad indígena
Emberá Katio del Río Chageradó.
Para ello se constituyó
un Comité Interinstitucional, el cual acordó los términos
y adelanto el proceso de contratación e hizo el seguimiento del
Estudio de Impacto y Avalúo del daño ambiental , además
del la formulación de un Plan de Manejo Ecológico y Cultural
para la comunidad de Chageradó. Dicho estudio fue elaborado y terminado
en diciembre de1997 por un consorcio de la Facultad de Antropología
de la Universidad de Antioquia y el Instituto de Estudios Ambientales (IDEA)
de la Universidad Nacional (Seccional Medellín).
Ante la demora injustificada
por parte del Estado para destinar los recursos necesarios para la puesta
en marcha del Plan de restauración Ambiental, La Organización
Indígena de Antioquia interpuso una acción de desacato en
contra del Ministerio del Medio Ambiente, Corpourabá y otros obligados
a responder.
Como resultado del trámite
incidental interpuesto, el Ministerio del Medio Ambiente aprobó
y desembolso 200 000 000 de pesos con lo cual se han iniciado las actividades
a partir de enero de 2001, suma esta que no logra cubrir la tercera parte
de los costos dispuestos para el primer año de ejecución
del Plan de restauración. El costo estimado para un período
de tres años es de aproximadamente 1800 000 000 de pesos.
Este es un llamado para
que nos colaboren desde todos los Medios Masivos de Comunicación
y desde las iniciativas individuales para que respeten las Culturas Indígenas
y se presione al Gobierno Nacional desde aquellos estamentos nacionales
e internacionales para una solución pronta y justa. En este sentido,
solicitamos que se envíen sus cartas de apoyo a la OIA y se mande
al Ministerio del Medio Ambiente mensajes en los cuales se exija el cumplimiento
inmediato de la sentencia T 380 de la Corte Constitucional y por consiguiente
se destinen los recursos para la implementación del Plan de Restauración
Ambiental del Resguardo Indígena Emberá Katio del Rio Chageradó
Favor remitir sus cartas
a:
Ministerio del Medio Ambiente.
Calle 37 # 8 – 40 Santafé de Bogotá – Colombia. Teléfono:
(57 1) 3 32 34 00. Fax: (57 1) 2 88 98 92. Correo electrónico: jmayr@minambiente.gov.co
Programa “Para Que Emberá Viva”. Telefax: (57 1) 2 54 19 31. Correo electrónico: emberavive@epm.net.co
Gracias
Atte,
Medellín, abril 17 de 2001