Despenalización sí o no?
Posibilidades reales y fantaseadas
de la reforma de la política de drogas en Argentina
Silvia Inchaurraga
"Podré no estar de acuerdo con tus ideas,
pero defenderé con mi vida tu derecho a expresarlas."
Voltaire.
El fallo de la Corte Suprema del
mes de agosto del año pasado reivindicó el derecho a la privacidad de los
usuarios de drogas, el “to be let alone”
del derecho anglosajón, al declarar
inconstitucional el articulo 14 de
la ley de drogas 23.737 que es el que penaliza la tenencia.
El fallo de la Corte
no ordenó la despenalización pero sí la legitimó.
El fallo
“declara
que el artículo 14, segundo párrafo, de la ley 23.737 debe ser invalidado, pues
conculca el artículo 19 de la Constitución Nacional, en la medida en que invade
la esfera de la libertad personal excluida de la autoridad de los órganos
estatales. Por tal motivo se declara la inconstitucionalidad de esa disposición
legal en cuanto incrimina la tenencia de estupefacientes para uso personal que
se realice en condiciones tales que no traigan aparejado un peligro concreto o
un daño a derechos o bienes de terceros, como ha ocurrido en autos”.
Pero no ordena al gobierno despenalizar la tenencia para consumo.
Es que en un gobierno democrático y en una Corte integrada por defensores de las
garantías constitucionales, esto es impensable. Pero agregaría que además no es
viable. Por un lado porque ningún fallo
judicial puede derogar una ley y depende de los legisladores su derogación
así como la sanción de una nueva. Por otro porque se evidencian en el gobierno
indecisiones y contradicciones
acerca del camino a seguir.
Los costos de las mismas los siguen pagando los usuarios de drogas,
aún expuestos a los riesgos de
detenciones policiales y de causas penales a partir de la todavía vigente
Ley 23737.
Indecisiones y contradicciones
Algunos ejemplos como analizadores;
-
En la última década diversos proyectos
legislativos, presentados a Cámara de Diputados y Senadores de la Nación, no lograron su
tratamiento y algunos siguen durmiendo el
sueño de los justos en los cajones del Congreso. Así los proyectos del Ex
Diputado García del Partido Socialista y del Diputado Gorbacq del SI que fueron
presentados 2 veces consecutivas. Pero más aún, incluso el proyecto de la
oficialista ex Senadora y actual Diputada Conti que se presentó en ambas
Cámaras. Todos ellos fundamentaban con los mismos argumentos que lo hizo la Corte la inconstitucionalidad
del articulo 14 que penaliza la tenencia para consumo personal.
-
Desde la
Sesión de
Estupefacientes de Viena del 2008 el ex Ministro de Gobierno y actual Jefe
de Gabinete Anibal Fernandez anunció un cambio en la política de drogas
argentina hablando de reducción de daños y el abandono del castigo al eslabón
más débil de la cadena del narcotráfico. Sin embargo paralelo a este discurso
-que no se tradujo aún en ninguna acción concreta- sigue existiendo la Secretaria
Nacional de Drogas SEDRONAR cuyo eje es la abstinencia en los
tratamientos y la disuasión basada en el terror en la prevención y que es
acérrima enemiga de la reducción de daños y la despenalización. Como en una
parodia de una película titulada “La
doble moral de la Guerra a las Drogas en
Argentina”, el chofer personal de su director el Dr. Granero fue detenido el
mismo día del fallo de la Corte
por transportar 8 kilos del llamado paco
en una camioneta de la
SEDRONAR.
-
El gobierno creó un Comité de Expertos
con profesionales destacados en el campo de las drogas que viene trabajando en
la elaboración de diversos proyectos. El eje de la reforma anunciada es la “atención
integral de las adicciones” y “la
lucha contra el narcotráfico”. Del cronograma de 33 proyectos presentados al
Jefe de Gabinete en el mes de setiembre, el último de ellos
titulado
“Reforma integral a la ley de
estupefacientes“ sería el que
incluiría si despenalizar o descriminalizar. Sin embargo en la Sesión Plenaria de Comisiones de
la Cámara
de Diputados de setiembre, la misma titular del Comité la Dra. Cuñarro
reconoció que “La verdad es que para
nosotros no es urgente el tema del anteproyecto de ley de estupefacientes…. Sí
nos parece urgente la protección integral”.
-
La realidad de la región muestra una
paradoja. El principal mentor de la tradicional
“Guerra a las drogas”; Estados
Unidos, hoy en la Era Obama
propone financiar con fondos federales los programas de jeringas, algo que en
America Latina sólo Brasil ha hecho y hace y que Argentina sigue lejos de hacer
al no incluir la reducción de daños como parte de su
política oficial de salud. Algo
difícil de entender en el marco de un objetivo amplio como la llamada
protección integral. ¿Cómo se
compatibiliza esta política con la protección en este caso de aquellos que
consumen drogas por vía inyectable y se exponen a riesgos de SIDA y Hepatitis
entre otros por compartir o reutilizar jeringas y equipos de inyección?. En
cuanto a política legislativa, los
países que efectivamente despenalizaron la tenencia para consumo lo hicieron en
la década pasada y resguardando absolutamente el derecho a la privacidad y la
intimidad, el mejor ejemplo es seguramente la ley de nuestro vecino Uruguay. Los
países que recientemente modificaron su legislación como Chile, Brasil y México
no despenalizaron nada, sólo
descriminalizaron al usuario de drogas al excluir la pena de prisión como
alternativa pero persisten penas privativas de la libertad, mucho menos lesivas
indudablemente que la pena de prisión pero penas al final (trabajos
comunitarios, multas, tratamientos). Esto evidencia el poder del Estado de
inmiscuirse en las vidas de los usuarios de drogas; algo que redunda remarcar no
ocurre en relación a otras conductas adictivas (adicción al juego, a la comida
etc.) o a drogas no prohibidas como el tabaco, el alcohol o los psicofármacos.
Límites y obstáculos reales al avance de la reforma legislativa
Las preguntas son varias. ¿Logrará
Argentina superar las contradicciones y comprometerse en la real reforma de la
política de drogas que requiere la magnitud del problema de las drogas y de los
daños asociados tanto a su consumo como a las respuestas equivocadas?. ¿Seguirá
Argentina los recientes ejemplos latinoamericanos tal como permiten inducir los
argumentos del Comité de Expertos que enfatizan en términos como
“enfermos”, “víctimas del flagelo de la
droga” y “educación disuasiva del uso indebido de
drogas”?.¿Podrá capitalizarse el
importante paso dado por el fallo de la Corte en una nueva ley o en
cambio el gobierno se conformará con la jurisprudencia que siente este fallo y
que seguramente en un futuro no muy lejano una Corte Suprema con diversa
composición modificará?, (tal como aconteció a 4 años del fallo
Bazterrica con el fallo
Montalbo en 1990 con la Corte menemista).
La Corte Suprema
emitió el 25 de agosto del año pasado un fallo sin antecedentes, unánime, algo
que no se había logrado en el caso
Bazterrica en 1986 que fue por mayoría de votos. Este fallo actual tuvo
unanimidad, votos individuales y una curiosidad. El juez Fayt hace 19 años había
votado porque el consumidor fuera castigado como primer eslabón del tráfico y
ahora reconocía era “inhumano
criminalizar al individuo” revirtiendo su voto. Pero hay dos cuestiones que
debemos tener en cuenta que permiten visualizar el complejo escenario;
1) El fallo que invalida la penalización de la tenencia personal de drogas –no
casualmente- se hizo esperar, luego de casi 2 años de que los miembros de
la Corte hubieran consensuado tratar el tema. La
demora sin duda tuvo que ver con lo
“políticamente incorrecto” de la temática en un año electoral en el que
avanzaron las propuestas tradicionales que reclaman
“luchar contra la inseguridad y el
flagelo de la droga”. También con la necesidad de encontrar un caso que
permita un fallo ejemplificador. Habían llegado a
la Corte
en estos últimos años un puñado de casos que no lograron el consenso de los
miembros de la Corte,
fueron descartados y prescribieron. Las situaciones transcurrían en la calle,
ante un menor, la cantidad de droga era excesiva, había abuso de la fuerza
policial o el actor protagónico era una droga –que a pesar de estar en indudable
dosis personal y en el espacio de privacidad indiscutible del bolsillo del
joven- era de menor tolerancia
social que la marihuana; era cocaína. La clave estaba en lo de
acción privada que no ofendiera ni
dañara a terceros. Indudablemente
la Corte no quiso dar ningún mensaje que pudiera
malinterpretarse o generar opiniones encontradas como podía entreverse del hecho
de legitimar el uso de una droga tan demonizada como la cocaína, situar como
malo a un policía frente a un usuario como víctima, o más aún involucrar el tema
del consumo frente a un menor, algo que escandaliza a las sociedades modernas.
El fallo elegido, el fallo conocido como
“Arriola y otros” resultó perfecto justamente porque hubo castigados, los
malos de la película que eran los que vendían la droga (justamente Arriola es el
apellido de quien fue condenado a 6 años de prisión por tenencia para
comercialización) y ahí las víctimas fueron los 5 jóvenes rosarinos compradores
que tenían la droga en su poder pero para su consumo. Acá entonces se establecía
una brecha entre el consumidor y el
vendedor, entendidos en los fundamentos de la Corte como “víctimas” y
“delincuentes”. La distancia entre ambos a veces es estrecha en la cadena de la
comercialización. A veces esta distancia es paradojal cuando hay una realidad
social determinada por la pobreza que hace que algunos comercialicen drogas en
pequeñas cantidades por ser pobres pero que los sitúa equivocadamente como
narcotraficantes en el imaginario social, produciéndose la terrible
criminalización de la pobreza. Esta
ha sido y sigue siendo la consecuencia de las legislaciones que endurecen las
penas para el tráfico y la comercialización en América Latina.
2) El fallo fue excelente en sus precisiones y fundamentos pero el
comunicado de prensa que lo anunció
fue espantoso. Más que esclarecer, confundió, diciendo todo lo que el fallo no
significaba; (ordenar al gobierno despenalizar, liberar el consumo, legalizar la
marihuana); pero sin aclarar lo que sí significaba; declarar la
inconstitucionalidad del castigo a la conducta de tenencia para el propio
consumo. Esto sólo se entiende analizando el contexto social del
temor del gobierno a las reacciones
adversas que no se hicieron esperar; como las de la Iglesia, los sectores más
conservadores y muchos gobernadores de provincias argentinas. En este sentido
creo que no ha sido casual que el voto del prestigioso Dr. Zaffaroni
haya tomado por referente a la principal figura del catolicismo argentino
del siglo 19, José Manuel Estrada quien realza el articulo 19 de
la Constitución en tanto separa derecho de moral formulando que
“el Estado que impone una moral implica
una actitud pagana y socialista” y el que respeta el ámbito de la libertad
moral de la persona “una concepción
cristiana y liberal”
Pero hay algo que es lo que más nos preocupa a los argentinos que venimos desde
hace décadas reclamando una reforma integral de las políticas de drogas en el
país y denunciando el rotundo fracaso tanto de la política de salud basada en la
abstinencia -y que no incluye como pilar complementario de la prevención y la
asistencia a la reducción de daños- como de la política legislativa basada en la
represión-. Lo que más nos preocupa es
que el gobierno actual no avanzó con la reforma de la ley 23737 antes de la
renovación de las Cámaras que modificó radicalmente la ecuación de fuerzas
en el Congreso y justamente en forma no sólo adversa al oficialismo, sino
favorable a los sectores más conservadores. Quizás
hemos perdido una oportunidad histórica.
Conclusiones
En las semanas posteriores al fallo hubo un desbalance. Las drogas fueron
actores protagónicos de conversaciones, foros, debates en las familias,
escuelas, Universidades y los medios. Se dio incluso
visibilidad a algunas historias
individuales del 70% de expedientes por tenencia para consumo personal del
país donde la ley represiva hace más daño que la droga como el caso de David G
de 18 años detenido por tres cigarrillos de marihuana en una comisaría de
provincia de Buenos Aires donde fue violado. Pero mientras, el Comité de
Expertos y el gobierno comenzaron a bajar el perfil en el tema. Esto es, hablar
de proyectos de recuperación de activos incautados, lavado de dinero y Plan
integral de atención sin hablar de la despenalización. Pareciera que para evitar
la oposición pública y reducir el miedo de la población se sigue
sacrificando el debate y los avances
logrados.
Y otro proyecto ocupó el escenario principal de los medios y las agendas
políticas: la Ley
de medios y el control de los mismos por el Estado.
Si el Comité de Expertos del gobierno no se decide a priorizar el proyecto de
reforma de la ley 23737 que en su cronograma es el último y el gobierno no
impulsa su tratamiento legislativo, se habrán hecho reformas cosméticas con el
riesgo incluso de sacrificar la defensa de los derechos individuales –que
la Corte
realza- a favor de la medicalización del uso de drogas camuflada de
“atención integral a los adictos” Y
lo peor se replicará la principal causa
de la situación que hoy se denuncia; la falta de una política de Estado
racional, justa, eficiente y humana.
Directora del Centro de Estudios Avanzados en Drogadependencias y SIDA
de la Universidad Nacional
de Rosario (CEADS), Argentina; Presidente
Honoraria de la Asociación de Reducción
de Daños de la
Argentina
(ARDA); Miembro del Comité Ejecutivo de la Red Latinoamericana para la Reforma de las Políticas de
Drogas (REFORMA)
©2011
Mama Coca. Favor compartir esta información y
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