LEY QUE REGULA LAS ACTIVIDADES PRODUCTIVAS DE LA HOJA DE COCA CON FINES LICITOS


 


 

PROYECTO DE LEY

 

 

Los Congresistas de la República que suscriben, integrantes del Grupo Parlamentario PERU AHORA,  en ejercicio del derecho de iniciativa legislativa que les confiere el Artículo 107º de la Constitución Política del Perú, presentan el Proyecto de Ley siguiente:

 

EL PRESIDENTE DE  LA REPUBLICA

Por cuanto:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

Ha dado la Ley siguiente:

 

LEY         QUE REGULA LAS ACTIVIDADES PRODUCTIVAS DE LA HOJA DE COCA CON FINES LICITOS

 

Artículo 1º.- Objeto de la Ley

La presente Ley regula las actividades productivas de la hoja de coca con fines lícitos que comprende la producción, transformación, comercialización  y exportación.

 

Artículo 2º.- Definición y usos de la hoja de coca

Para los efectos de la presente ley se entiende por coca a la planta de cualquier especie del género Erythroxylum, producto que forma parte de la identidad cultural de nuestro país.

Se utiliza para el consumo tradicional así como para la elaboración o fabricación de productos alimenticios, industriales o medicinales que se comercializan en el mercado de forma lícita.

El uso o destino de la hoja de coca distinto al señalado en el párrafo precedente tiene carácter ilícito y será penalizado conforme a la legislación de la materia.   

 

Artículo 3.- De la Protección

El Estado protege el cultivo lícito de la hoja de coca,  con un adecuado control de la producción a través del registro nacional de productores, la aplicación de una política nacional de sustitución de cultivos alternativos en forma voluntaria, gradual y concertada, y el otorgamiento de incentivos para las actividades de  transformación, comercialización y exportación de productos lícitos.  

 

Artículo 4º.- De la Producción

El cultivo de la hoja de coca se realiza únicamente en las zonas o regiones  originarias de dicho cultivo, que son definidas por la autoridad competente conforme al registro nacional de productores, las mismas que no podrán ser superiores a las preexistentes.

El cien por ciento (100%) de la producción será orientada a la comercialización de productos lícitos señalados en la presente Ley.

 

Artículo 5º.- De la transformación y exportación

La transformación e industrialización de la hoja de coca comprende exclusivamente la elaboración o fabricación de productos alimenticios, medicinales e industriales lícitos para su comercialización en el mercado nacional y exportación.

El Estado promueve la investigación y difusión de las propiedades nutricionales y terapéuticas de la hoja de coca en beneficio de la humanidad y promoverá la diferenciación de la hoja de coca con los estupefacientes.

 

Artículo 6º.- De la política de sustitución por cultivos alternativos y otras actividades.

 La política de sustitución de cultivos alternativos que promueva e implemente el Estado en reemplazo de la hoja de coca debe contemplar estrategias de desarrollo integral de manera gradual y concertada con los productores a través de sus organizaciones representativas y las empresas dedicadas a las actividades productivas a que se refiere esta Ley.

 

Artículo 7º.- De la autoridad competente

El Ministerio de Agricultura a través del Organismo creado por esta Ley es la autoridad competente en las materias a que se refiere la presente Ley, ejerciendo el control y supervisión de las actividades productivas de la hoja de coca.

Las acciones de control y supervisión en el proceso productivo orientan y facilitan el desarrollo de las actividades específicas que permite la presente Ley.

 

Artículo 8.- De las sanciones

Las actividades productivas no registradas, y el incumplimiento de obligaciones que derivan del registro de productores, están sujetas a las sanciones que establezca el Reglamento de la presente Ley, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales a que hubieran lugar.

 

Artículo 9º.- De la creación del Proyecto de Desarrollo y Control de la Hoja de Coca

Créase el Proyecto de Desarrollo y Control de la Hoja de Coca (PRODECOCA), como organismo público descentralizado adscrito al Sector Agricultura con personería jurídica de derecho público interno y autonomía técnica, administrativa, económica y financiera, en base a la fusión del Programa de Desarrollo Alternativo a cargo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA y la Empresa Nacional de la Coca – ENACO.

El Poder Ejecutivo en un plazo de 60 días naturales contados a partir de la vigencia de la presente Ley, aprueba mediante Decreto Supremo el proceso de fusión por transformación antes señalado, con arreglo a la Ley de Modernización de la Gestión del Estado.

 

Artículo10 .- Finalidad de PRODECOCA

El Proyecto de Desarrollo y Control De la Hoja de Coca, PRODECOCA, tiene por finalidad diseñar y ejecutar la política agroindustrial sobre la hoja de coca con fines lícitos dentro de los alcances que establece la presente Ley.

Sus objetivos principales son:

1.        Cautelar y orientar el uso y destino de la hoja de coca con fines lícitos

2.        Optimizar la aplicación de los recursos del estado destinados al desarrollo y control del la hoja de coca

 

Artículo 11º.- Estructura de PRODECOCA

El Proyecto de Desarrollo y Control de la Hoja de Coca, PRODECOHCA, cuenta con un Consejo Directivo el mismo que estará conformado inicialmente por:

El Ministro de Agricultura, quien lo preside

Un Representante del Ministerio de la Producción.

Los Presidentes de los Gobiernos Regionales de las zonas bajo la influencia de los sembríos de la hoja de coca

Dos representantes de los alcaldes de la zona bajo influencia de los sembríos de la hoja de coca.

Dos representantes de los productores agrarios de las cuencas cocaleras

 

Su estructura orgánica se establecerá mediante reglamento, el mismo que se aprobará por Decreto Supremo.

 

 Artículo 12°.- Funciones 

Son funciones generales de PRODECOCA:

a.        Diseñar, formular y ejecutar las políticas y acciones en el ámbito de su competencia

b.        Promover y supervisar la creación y funcionamiento de las empresas privadas dedicadas a la comercialización y transformación de la hoja de Coca en productos lícitos, de preferencia en los diversos valles cocaleros y sus entornos, con la re asignación de recursos provenientes de la suspensión de los programas de erradicación

c.        Promover progresivamente el intercambio directo entre Productores Agrícolas de hoja de coca y compradores.

d.        Tiene a cargo el Registro Nacional de Productores Agrícolas de hoja de coca, el mismo que también registra las áreas de cultivo y el registro de personas naturales y jurídicas que adquieren la hoja de coca como requisito previo a su adquisición como materia prima para su uso y transformación.

e.        Comercializa la hoja de coca de los productores debidamente empadronados, para fines tradicionales, medicinales y de transformación en productos lícitos.

f.          Supervisa las actividades relacionadas con la transformación de la hoja de coca con fines industriales lícitos.

g.        Diseña y ejecuta la política de sustitución de cultivos de la hoja de coca la misma que será de aplicación voluntaria.

h.        Propone alternativas rentables de producción sostenida para sustituir los sembríos de hoja de coca

i.          Coordinar, concertar y ejecutar con las entidades competentes os organismos especializados promover la inversión impulsando la competitividad y el desarrollo sostenible, Gestionar y canalizar la cooperación técnica y financiera internacional para el cumplimiento de sus funciones, establecer estrategias de promoción de exportación de los productos lícitos derivados de la hoja de coca.

j.          Coordina con los sectores involucrados las estrategias para el cumplimiento de sus objetivos.

 

Artículo 13.- De sus Recursos

Constituyen ingresos propios de Proyecto de Desarrollo y Control de la Hoja de Coca - PRODECOCA:

Los que le asigne la ley del Presupuesto Anual

Recursos provenientes de la Cooperación Técnica Internacional conforme a ley.

Los ingresos propios que puedan generar como resultado de sus operaciones.

 

Artículo 14.- De los Incentivos

PRODECOCA implementará incentivos económicos a las actividades de transformación, comercialización y exportación de los productos lícitos derivados de la hoja de coca.

 

Artículo 15.-  De la Fiscalización

La Contraloría General de la República ejercerá el control y fiscalización para prevenir y verificar la correcta, eficiente y transparente utilización y gestión de los recursos y bienes del Estado. Evaluará anualmente la gestión de PRODECOCA en función de los objetivos trazados y los resultados obtenidos, con relación a los recursos asignados y al cumplimiento de los programas y planes

La sociedad civil a través de las organizaciones de los productores agrícolas de las cuencas cocaleras participará activamente en el proceso de gestión y control público, como fuente de información calificada y permanente detectando y denunciando los actos de corrupción.

 

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Primera.- PRODECOCA Coordinará con carácter prioritario con el Ministerio de Relaciones Exteriores para promover y lograr la exclusión de la hoja de coca de la Lista I de Estupefacientes de la ONU.

Segunda.- El Poder Ejecutivo, formularán su Reglamento, dentro del término de treinta (30) días contados a partir de la vigencia de la presente Ley.

Tercera.- En un plazo de 30 días a partir de la vigencia de su Reglamento, PRODECOCA realizará el Registro Nacional de Productores de Hoja Coca y zonas cocaleras a nivel nacional.

Cuarta.- Transfiérase el Programa  de Desarrollo Alternativo de la Comisión para el desarrollo y vida sin Drogas – DEVIDA y desactívese a la Empresa Nacional de la Coca – ENACO S.A., transfiriéndose sus funciones, saldos presupuestales, patrimonio y acervo documentario correspondiente a PRODECOCA

 

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Deróguese las disposiciones que se opongan a la presente Ley.

Segunda.- Esta Ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofical "El Peruano"

 

 

LEY         QUE REGULA LAS ACTIVIDADES PRODUCTIVAS DE LA HOJA DE COCA CON FINES LICITOS

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

ANTECEDENTES HISTORICOS

La hoja de coca es un arbusto oriundo del Perú que se cultiva desde tiempos inmemoriales y su uso está íntimamente ligado a la cultura tradicional de amplios sectores de la población. Actualmente se sabe que tres millones de personas  que viven en la costa sierra y selva consumen tradicionalmente la hoja de coca.

Entre las formas de consumo tradicional de la hoja de soca tenemos el chakteo en el trabajo, en fiestas costumbristas, patronales y carnavales, en velorios, misas entierros; también se usa en mate e infusiones, adivinación (lecturas para ver el futuro), para atraer la buena suerte, ceremonias rituales (pago a la tierra) entre otras formas.

Nuestros antepasados, los Incas consideraron a la coca como una planta divina y tenían que abastecerse de toda la producción necesaria para el uso durante las funciones estatales, los regalos diplomáticos, el consumo del ejército, la nobleza, los chasquis (mensajeros) y en ofrendas a los templos religiosos.

Puede considerarse que existe un patrón andino y amazónico uniforme en lo referente al uso ancestral de la hoja de coca. La documentación etnohistórica  confirma que la coca en la sociedad tradicional andina no fue un privilegio exclusivo de la nobleza inca, en diversas comunidades indígenas andinas la coca actuó y actúa como símbolo de prestigio y poder, con carácter sagrado. Así, la hoja de coca se convirtió en objeto de intercambio y apreciado regalo, de gran liquidez y circulación.

Otro aspecto importante en el uso de la coca es su rol en la práctica médica tradicional andina. Desde hace siglos, el hombre andino identificó el valor terapéutico de la hoja de coca. El campesino indígena recurre frecuentemente a ella reconociéndole múltiples propiedades medicinales: masticada, en infusión, aplicada en cataplasma, o su humo al quemarla, tiene variadas aplicaciones para tratar enfermedades de la piel, el aparato digestivo o el sistema circulatorio. Asimismo, era y es utilizada como anestésico en operaciones quirúrgicas para todos los estratos de la comunidad indígena.

Los usos y costumbres ancestrales relativos a la coca continúan practicándose en la actualidad. Esta planta constituye un símbolo de identidad étnica para diversas comunidades indígenas, y para sus descendientes; es parte de la cultura andina y amazónica. El reconocimiento de esta dimensión es un componente fundamental en el camino a recorrer en la lucha contra el narcotráfico

 

VALOR NUTRICIONAL

En un trabajo pionero sobre la hoja de coca como alimento andino, el doctor Carlos Collazos Chiriboga y sus colaboradores (Collazos, Chiriboga y Alvistur, Nutrición y coqueo, Revista del Viernes Médico, Vol. XVI, N° 1, Lima, 1965) demostraron que la hoja de coca era alimento.

Con su sencilla pero trascendental investigación, el doctor Collazos pudo demostrar inicialmente la riqueza en minerales y vitaminas de la hoja de coca con “valores particularmente llamativos para el nitrógeno, el calcio y el caroteno”. (Cuadro N° 01). Por si quedaran dudas observó su debido aprovechamiento mediante el coqueo que “en el caso particular del caroteno extraído durante la masticación, se refleja en el plasma sanguíneo por un aumento del mismo caroteno y de la vitamina A”.

 

CUADRO N° 01

COMPOSICION QUIMICA DE LA HOJA DE COCA

CONTENIDO EN 100 GRAMOS

 

PROCEDENCIA

HUM.

NITRG

FIBRA

CENIZ

CALCIO

FÓSF

CAROTEN

VB1

VB2

NIACINA

COCAINA

La Convención

8.27

3.07

18.08

5.70

21.37

542.7

8..26

0.80

1.60

7.20

1.10

La Convención

8.20

2.80

19.6

4.75

1887

615

114.26

0.91

1.76

8.20

0.80

La Convención

12.93

2.96

15.2

5.05

2056

385

78.26

0.91

1.92

9.10

0.78

La Convención

9.25

2.69

17.2

6.45

2675

708.4

5.56

0.90

1.60

1.10

0.85

La Convención

10.67

3.22

17.8

4.40

1913

265.4

10.54

0.59

1.12

8.20

0.80

Calca

10.80

2.61

16.0

5.45

2400

354.8

9.24

0.90

1.44

9.20

0.98

Huamalíes

11.23

3.18

18.2

3.65

1380

184.5

10.26

0.62

1.44

9.80

0.65

Mcal Cáceres

9.28

2.72

19.0

4.90

1613

289.9

6.72

0.80

1.44

9.30

0.72

Celendín

11.72

2.66

19.2

7.80

3706

308.11

10.30

0.80

1.12

5.50

0.81

Promedio

10.26

2.88

17.9

5.35

2196

405.00

78.15

0.80

1.49

8.62

0.83

 

Nota: HUM: Humedad  NITRG: Nitrógeno  CENIZ: Ceniza    FOSF: Fósforo    CAROTE: Caroteno    VBI: VITAMINA B1   VB2:VITAMINA B2

 

El posterior análisis de la coca, en 1975, por un equipo de Harvard (Duke,Aulik y Plowman, Nutritional Values of Coca, Botanical Museum Leaflets 24 (6): 113-119) (Cuadro 2), demostró fehacientemente, una vez más, el valor nutricional de la hoja de coca que para la ley internacional, sin embargo, continúa siendo una “droga” culpable de los males que la psiquiatría le atribuyó gratuitamente, contrariando a la razón y a la experiencia que caracterizan al pensamiento científico.

 

CUADRO N° 02

 

CADA 100 GRAMOS DE HOJA DE COCA CONTIENE

CONTENIDO

MILIGRAMOS

CONTENIDO

MILIGRAMOS

Nitrógeno total

20.06

Potasio

1739.33

Alcaloides totales no volátiles

0.70

Magnesio

299.30

Grasa

3.68

Sodio

39.41

Carbohidratos

47.50

Aluminio

17.39

Beta caroteno

9.40

Bario

6.18

Alfa caroteno

2.76

Hierro

136.64

Vitamina C

6.47

Estroncio

12.02

Vitamina E

40.17

Boro

6.75

Tiamina (Vita. B 1)

0.73

Cobre

1.22

Riboflavina (Vit. B 2)

0.88

Zinc

2.21

Niacina (Factor p.p)

8.37

Manganeso

9.15

Calcio

997.62

Cromo

0.12

Fosfato

412.67

 

 

 

Nosotros lo de la América Andina, tenemos con la Coca el privilegio  de contar con uno de los productos más nutritivos del mundo. Posiblemente sus maravillosos efectos medicinales se deban al alto contenido de nutrientes que poseen, ya que los nutrientes están en relación directa con el bienestar psicosomático del ser humano.

 

Los análisis de los contenidos nutricionales de la coca – Perú 1995- y Bolivia 1981- nos permiten hacer comparaciones con los contenidos de otros alimentos andinos y de algunas zonas de otras latitudes.

 

Un  breve estudio comparativo en “cuanto” la coca supera a otros alimentos más frecuentemente consumidos en nuestra región –ver cuadro adjunto- nos ofrece a los que trabajamos en el campo de la nutrición humana y la salud, la necesidad de investigar hasta qué punto se pueden lograr mezclas y preparaciones que pueden ser consumidas en raciones alimenticias, usando la coca en forma de harina, hoja fresca o seca. El utilizar coca mezclada con nuestros cereales y tubérculos andinos elevaría los valores nutricionales de estos alimentos, especialmente del pan cotidiano que cada día llega a los hogares como una simple hojarasca de harina blanca.

 

Los contenidos del calcio, proteínas, vitamina A, vitamina E y otros nutrientes de la coca ofrecen al campo de la nutrición humana posibilidades aún más amplias que al campo exclusivamente medicinal.

 

COMPARACION ALIMENTARIA DE LA HOJA DE COCA

CON OTROS ALIMENTOS (100 Grs)

 

ALIMENTOS

CALORIAS

PROTEINA

CALCIO

HIERRO

FOSFATO

VIT.A

VIT.E

VIT.B1

VIT.B2

NIACINA

VIT.C

Coca

304.00

19.90

2097.00

9.80

363.00

8.15

44.10

0.30

1.72

6.30

10.50

Maíz

325.00

8.40

6.00

1.7

267.00

0.02

 

0.30

0.16

3.25

0.70

Trigo

336.00

8.60

36.00

4.60

224.00

 

 

0.30

0.08

2.85

4.80

Arroz

359.00

6.10

8.00

1.60

130.00

 

 

0.00

0.07

2.96

 

Cebada

344.00

6.90

62.00

5.10

394.00

0.01

 

0.33

0.21

7.40

 

Kiwicha

365.00

12.90

12.90

5.30

254.00

 

 

0.20

0.57

0.95

3.20

Quínua

367.00

14.00

14.00

7.00

450.00

 

 

0.35

0.32

1.43

6.80

Papa

97.00

2.10

2.10

0.50

47.00

0.02

 

0.09

0.09

1.67

14.00

Yuca

162.00

0.80

0.80

0.50

25.00

0.01

 

0.04

0.04

0.76

30.70

H Quinua

50.00

4.70

4.70

1.50

63.00

1.70

 

0.06

0.95

1.20

11.10

H Nabo

35.00

2.90

2.90

2.80

95.00

2.12

 

0.12

0.38

2.40

49.20

 

 

En la misma investigación realizada por la Universidad de Harvard, se ha probado que la masticación diaria de 100 gramos de hojas de coca, satisface la ración alimentaria recomendada tanto para el hombre como para la mujer, mientras que 60 gramos por día colman las necesidades del calcio.

 

Su contenido en vitaminas y determinados oligoelementos hacen que al mismo tiempo el mate de coca constituya un complemento nutritivo de la dieta diaria, esos mismos estudios de la Universidad de Harvard sostienen que en 100 gramos de coca se p pueden tener casi dos gramos de potasio que son necesarios para el equilibrio del corazón y se le atribuyen además propiedades adelgazantes. Sabiendo que estas tisanas (mates) son tan ricas en estos nutrientes, se convierten en alimento y en medicina.

 

Dentro de este contexto se demuestra claramente las múltiples propiedades medicinales y nutricionales de la hoja de coca, sin llegar a explotar su potencial industrial, poniendo de manifiesto que su uso no tiene efectos negativos sobre el organismo humano.

Existe la clara necesidad de explorar otras posibilidades como la producción de aceites, papel, etc.  Además de los productos farmacológicos que contribuyen con la salud de la humanidad, todas las acciones que promuevan investigaciones a fin de obtener nuevos derivados de la hoja de coca, da la posibilidad de generar valor agregado a este importante recurso nacional patrimonio de identidad andina.

 

MARCO LEGAL

El Perú suscribió e incorporó al ordenamiento jurídico peruano, la Convención Unica de Estupefacientes redactada en Nueva York el 30 de marzo de 1961, norma supranacional que establece medidas de fiscalización para los estupefacientes enumerados en las cuatro listas, en cuya Lista I se encuentra considerada la Hoja de Coca.

Esta clasificación es errónea y atenta contra el consumo histórico y tradicional, desconociendo sus altas propiedades nutritivas  y medicinales, y alentando la satanización de la planta de manera interesada


El Gobierno Militar mediante la dación del Decreto Ley N° 22095 “Ley del Tráfico Ilícito de Drogas” de fecha 02 de marzo de 1978, orientó su accionar basado fundamentalmente en las disposiciones de la Convención Unica de Estupefacientes  de 1961, abordando normativamente y de manera integral los aspectos de tipificación y represión del tráfico ilícito de drogas, producción, comercialización y control de drogas en el país, sin embargo estas disposiciones han resultado inaplicables porque el espíritu es la erradicación y/o sustitución de la hoja de coca en acatamiento a considerarla sólo como insumo para la fabricación de estupefacientes y dejando de lado su aplicación con fines lícitos.

 

Dentro del mismo enfoque el estado peruano creó, del referido Decreto Ley, ENACO  como organismo responsable de la Comercialización de la hoja de coca y sus derivados, confiriendo paralelamente y sin la debidas líneas de coordinación, facultades normativas y de control  a otros organismos como la Ex Guardia civil, el ministerio de agricultura entre otros. Ello solo ha traido consigo resultados negativos en cuanto a los objetivos previstos por la dispersión de esfuerzos, conflictos de competencia, etc.

 

De conformidad con la Ley N° 27634, Ley de modificación de los artículo 41 y 68 de la Ley de Represión al Tráfico Ilícito de Drogas Decreto Ley 22095, se tiene que el estado a través de ENACO S.A. realizará la industrialización y comercialización de la hoja de coca provenientes de los predios empadronados, objetivos que no ha cumplido a cabalidad, limitándose a convertirse en una empresa intermediaria.

 

Mediante Ley 28003 se crea la Comisión Nacional para el desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA que tiene como objetivos proponer y recomendar los lineamientos sobre política nacional de lucha contra el tráfico ilícito de drogas, el consumo ilegal de drogas tóxicas  y el desarrollo alternativo evidenciando una inexactitud en el tratamiento de la producción de la Hoja de Coca a la que le dan un enfoque de ilicitud sin hacer la distinción del uso tradicional e industrial que posee. Además de los serios problemas surgidos en las zonas donde se han implementado los proyectos de Desarrollo Alternativo, existe un enfoque represivo forzoso lo que evidencia un problema muy complejo y la necesidad de una enfoque legal con una nueva propuesta que resuelva este grave problema.

El tratamiento de cultivo, comercialización e industrialización de la hoja de coca tiene un carácter accesorio dentro de los dispositivos legales cuyo objetivo principal es de carácter criminalístico y por ende represivo

Los antecedentes legales revelan que no ha existido una política coherente, tanto en la identificación del problema como en el dictado de medidas tendentes a buscar soluciones acordes a la realidad nacional en este campo

ENFOQUE PRODUCTIVO CON FISCALIZACION

La presente propuesta busca un camino más pacífico, con instrumentos económicos en lugar de armas como forma de sustituir la economía de la coca, con alternativas productivas  dejando de lado la negativa confusión que existe entre hoja de coca y drogas, cuya política de erradicación se ha caracterizado por las directrices predominantemente represivas.

 

Como ha quedado establecido el uso de la hoja de coca está íntimamente ligado a la cultura tradicional de amplios sectores de la población constituyendo un elemento de identidad ancestral sin embargo el cultivo y su uso ha sido abruptamente apartado de estos cánones cuando ésta es utilizada indebidamente como insumo para la fabricación ilegal de sustancias psicotrópicas, convirtiéndose en un problema para el Estado y éste en su misión de salvaguardar la salud de la población dicta normas en aras de combatir el narcotráfico y siendo una de ellas limitar el cultivo y uso de la hoja de coca a extremos de su erradicación completa.

 

Con  el afán de cumplir con la erradicación de coca los gobiernos de turno han repetido los intentos de concertación y diálogo frustrados con los campesinos cocaleros para que éstos colaboren en la erradicación, a cambio de que se impulsen y mejoren los programas de desarrollo alternativo, sin embargo los programas de desarrollo alternativo siguen siendo cuestionados y presentan pocas posibilidades reales de generación de ingresos en un nivel aceptable para la sobrevivencia de las familias que viven en la región.

 

Ante este panorama, las organizaciones campesinas manifiestan constantemente su repudio a estos planes. Las medidas de presión para demandar la atención del gobierno ha ocasionado muertes, heridos y significativas pérdidas económicas.

 

Frente a las políticas antidrogas occidentales, represivas o no, los productores de coca han desarrollado su propia política, han manifestado varias veces su deseo de entrar en un verdadero diálogo directo y honesto,  se trataría de la única manera pacífica de solucionar el problema.

 

Con la plena participación de los campesinos, se iniciaría un verdadero desarrollo alternativo, erradicando no a la coca sino a la pobreza.  Este desarrollo se basaría principalmente en garantizar la autosuficiencia y la producción para el mercado regional y nacional. Entre las líneas productivas de este programa estaría la coca, y su industrialización en productos benéficos. Los campesinos productores hasta ahora no han tenido la oportunidad de explicar esta propuesta a los representantes de la comunidad internacional.

 

Se propone la regulación del cultivo en todos los lugares donde existe actualmente y la exportación de los derivados de la coca, que tienen valores nutricionales y medicinales; para asegurar que sólo los productores de coca se aprovecharan de esa manera, el comercio de la hoja de coca tendría que suceder en base a un control ejercido por una instancia en que también están representados los campesinos.

 

Más que nadie, los campesinos andinos están interesados en la desaparición del narcotráfico de su región, porque provoca la guerra contra las drogas y la corrupción de las autoridades; por ello, proponen que sean ellos los que lleven el control sobre el destino de la hoja de coca y el narcotráfico.

La presente alternativa se genera porque hasta ahora no ha habido un programa integral de enfrentamiento del problema socio económico y, sin él no puede haber verdadera solución en la base. La represión, alternativa elegida en todas sus variantes, es necesaria pero insuficiente. Es preciso enfocar el problema agrícola y de desarrollo de zonas deprimidas.

 

Es necesario implementar una política de gobierno en este campo bajo un enfoque de revalorización de la hoja de coca rescatando su carácter de recurso natural y por tanto encausado su uso dentro de los programas de promoción y desarrollo, inclusive fomentando la participación del sector privado.

 

Planteamos la necesidad de industrializar la hoja de coca como un objetivo para acabar con el narcotráfico y la desnutrición en el mundo, ha quedado claramente establecido que la hoja de coca es el alimento más nutritivo del pasado, presente y potencialmente del futuro y que es una necesidad imperiosa e insoslayable que sirva para alimentar al pueblo peruano y la humanidad ¿acaso no es posible contribuir a solucionar el problema del hambre en el mundo con el consumo correcto de la hoja de coca? –Si es posible.

 

La fundamental fuerza productiva del país la constituye el factor humano ¿podemos imaginarnos qué capacidades tendríamos para trabajar, estudiar, desarrollar ciencia y tecnología, hacer deporte, etc, si las actuales y sobretodo las nuevas generaciones estuvieran bien alimentadas con productos nutritivos derivados de la hoja de coca? La respuesta es obvia…serían grandiosas.

 

La exportación de alimentos y medicinas elaborados en base a la hoja de coca que al reinvertirse productivamente en la economía nacional potenciaría nuestro desarrollo alcanzando bienestar y mejora del nivel de vida de las grandes mayorías.

 

Concluimos y sintetizamos en la imperiosa necesidad de que la industrialización de la hoja de coca se constituya en un factor estratégico para impulsar nuestro Desarrollo Nacional con Identidad y Justicia Social. Reafirmemos el valor nutricional y medicinal de la planta y luchemos contra sus prejuicios.

 

DIFERENCIACION CON EL NARCOTRAFICO

En vista del fracaso de la política destinada a reducir la demanda de cocaína en los países occidentales, los gobiernos han volcado su interés hacia los lugares de oferta, en los países andinos. Así, la guerra contra la cocaína se ha convertido en una guerra contra la coca.

 

En esta guerra, se utilizan distintas armas. La más obvia es el arma de la presión destinada a eliminar el cultivo de coca cuanto antes. Las autoridades consideran la erradicación de la planta como uno de los elementos centrales en la estrategia para contrarrestar el narcotráfico, no obstante esta esperada disminución del cultivo de coca a través de los programas antidrogas vigentes en los países andinos, no ha dado los resultados esperados.

 

Las políticas antidrogas impuestas desde afuera e implementadas por los gobiernos andinos, provocan una reacción contraria entre los productores y la población. Se invierten cuantiosos recursos para combatir un mal social que no lo generan los productores, ni los países en cuestión, y se hace poco para combatir a las drogas como el alcohol y los inhalantes que crean verdaderos problemas internos.

 

Mas cuando los esfuerzos parecen hacerse vanos, debido al incremento del consumo occidental pese a la disminución y prohibiciones a la producción que establecen los programas de lucha contra el narcotráfico. A raíz del fracaso de dichas políticas, los productores reclaman una lucha seria y efectiva contra las drogas.

 

Esta propuesta podría tener alguna objeción  si se considera que está en contraposición con los Convenios bilaterales y multilaterales de los cuales es siganatrio el Perú en la lucha contra el narcotráfico, siendo el de mayor relevancia la Convención Unica de estupefacientes de 1,961. Ello no es así si se tiene en cuenta que este como otros convenios, lo que buscan es evitar que el cultivo y la producción de la hoja de coca sean derivados hacia el narcotráfico. En el presente caso  la propuesta que presentamos concurren con este objetivo común  pero partiendo necesariamente de una realidad que no podemos ignorar ni menos soslayar dado que las soluciones en este caso requieren de un tratamiento integral, coherente y sistemático.

 

EFECTO DE LA VIGENCIA DE LA NORMA SOBRE LA LEGISLACION NACIONAL

Los efectos de la presente iniciativa legislativa tiene como objeto precisar la distinción entre la producción de la hoja de coca para fines ilícitos y el uso para fines ilícitos. Reivindicando sus valores culturales y benéficos para la humanidad.

Asimismo tiene como efectos modificar el decreto Leg. 824 y sus normas modificatorias y la Ley N° 22095 en lo que se opongan a los objetivos de la propuesta que establece un organismo marco responsable de la nueva política nacional con un enfoque productivo.

En el ámbito internacional se pretende una modificatoria del tratado Internacional que considera a la hoja de coca como producto toxicológico.

 

ANALISIS COSTO BENEFICIO

La presente iniciativa no genera costo alguno al Estado porque reorienta los recursos del Programa de Desarrollo Alternativo a cargo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA y la Empresa Nacional de la Coca – ENACO, a un nuevo organismo que tiene un enfoque productivo el mismo que permitirá el incremento económico de los productores agrícolas mediante la industrialización

PROYECTO DE LEY

 

 

Los Congresistas de la República que suscriben, integrantes del Grupo Parlamentario PERU AHORA,  en ejercicio del derecho de iniciativa legislativa que les confiere el Artículo 107º de la Constitución Política del Perú, presentan el Proyecto de Ley siguiente:

 

EL PRESIDENTE DE  LA REPUBLICA

Por cuanto:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

Ha dado la Ley siguiente:

 

LEY         QUE REGULA LAS ACTIVIDADES PRODUCTIVAS DE LA HOJA DE COCA CON FINES LICITOS

 

Artículo 1º.- Objeto de la Ley

La presente Ley regula las actividades productivas de la hoja de coca con fines lícitos que comprende la producción, transformación, comercialización  y exportación.

 

Artículo 2º.- Definición y usos de la hoja de coca

Para los efectos de la presente ley se entiende por coca a la planta de cualquier especie del género Erythroxylum, producto que forma parte de la identidad cultural de nuestro país.

Se utiliza para el consumo tradicional así como para la elaboración o fabricación de productos alimenticios, industriales o medicinales que se comercializan en el mercado de forma lícita.

El uso o destino de la hoja de coca distinto al señalado en el párrafo precedente tiene carácter ilícito y será penalizado conforme a la legislación de la materia.   

 

Artículo 3.- De la Protección

El Estado protege el cultivo lícito de la hoja de coca,  con un adecuado control de la producción a través del registro nacional de productores, la aplicación de una política nacional de sustitución de cultivos alternativos en forma voluntaria, gradual y concertada, y el otorgamiento de incentivos para las actividades de  transformación, comercialización y exportación de productos lícitos.  

 

Artículo 4º.- De la Producción

El cultivo de la hoja de coca se realiza únicamente en las zonas o regiones  originarias de dicho cultivo, que son definidas por la autoridad competente conforme al registro nacional de productores, las mismas que no podrán ser superiores a las preexistentes.

El cien por ciento (100%) de la producción será orientada a la comercialización de productos lícitos señalados en la presente Ley.

 

Artículo 5º.- De la transformación y exportación

La transformación e industrialización de la hoja de coca comprende exclusivamente la elaboración o fabricación de productos alimenticios, medicinales e industriales lícitos para su comercialización en el mercado nacional y exportación.

El Estado promueve la investigación y difusión de las propiedades nutricionales y terapéuticas de la hoja de coca en beneficio de la humanidad y promoverá la diferenciación de la hoja de coca con los estupefacientes.

 

Artículo 6º.- De la política de sustitución por cultivos alternativos y otras actividades.

 La política de sustitución de cultivos alternativos que promueva e implemente el Estado en reemplazo de la hoja de coca debe contemplar estrategias de desarrollo integral de manera gradual y concertada con los productores a través de sus organizaciones representativas y las empresas dedicadas a las actividades productivas a que se refiere esta Ley.

 

Artículo 7º.- De la autoridad competente

El Ministerio de Agricultura a través del Organismo creado por esta Ley es la autoridad competente en las materias a que se refiere la presente Ley, ejerciendo el control y supervisión de las actividades productivas de la hoja de coca.

Las acciones de control y supervisión en el proceso productivo orientan y facilitan el desarrollo de las actividades específicas que permite la presente Ley.

 

Artículo 8.- De las sanciones

Las actividades productivas no registradas, y el incumplimiento de obligaciones que derivan del registro de productores, están sujetas a las sanciones que establezca el Reglamento de la presente Ley, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales a que hubieran lugar.

 

Artículo 9º.- De la creación del Proyecto de Desarrollo y Control de la Hoja de Coca

Créase el Proyecto de Desarrollo y Control de la Hoja de Coca (PRODECOCA), como organismo público descentralizado adscrito al Sector Agricultura con personería jurídica de derecho público interno y autonomía técnica, administrativa, económica y financiera, en base a la fusión del Programa de Desarrollo Alternativo a cargo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA y la Empresa Nacional de la Coca – ENACO.

El Poder Ejecutivo en un plazo de 60 días naturales contados a partir de la vigencia de la presente Ley, aprueba mediante Decreto Supremo el proceso de fusión por transformación antes señalado, con arreglo a la Ley de Modernización de la Gestión del Estado.

 

Artículo10 .- Finalidad de PRODECOCA

El Proyecto de Desarrollo y Control De la Hoja de Coca, PRODECOCA, tiene por finalidad diseñar y ejecutar la política agroindustrial sobre la hoja de coca con fines lícitos dentro de los alcances que establece la presente Ley.

Sus objetivos principales son:

3.        Cautelar y orientar el uso y destino de la hoja de coca con fines lícitos

4.        Optimizar la aplicación de los recursos del estado destinados al desarrollo y control del la hoja de coca

 

Artículo 11º.- Estructura de PRODECOCA

El Proyecto de Desarrollo y Control de la Hoja de Coca, PRODECOHCA, cuenta con un Consejo Directivo el mismo que estará conformado inicialmente por:

El Ministro de Agricultura, quien lo preside

Un Representante del Ministerio de la Producción.

Los Presidentes de los Gobiernos Regionales de las zonas bajo la influencia de los sembríos de la hoja de coca

Dos representantes de los alcaldes de la zona bajo influencia de los sembríos de la hoja de coca.

Dos representantes de los productores agrarios de las cuencas cocaleras

 

Su estructura orgánica se establecerá mediante reglamento, el mismo que se aprobará por Decreto Supremo.

 

 Artículo 12°.- Funciones 

Son funciones generales de PRODECOCA:

k.        Diseñar, formular y ejecutar las políticas y acciones en el ámbito de su competencia

l.          Promover y supervisar la creación y funcionamiento de las empresas privadas dedicadas a la comercialización y transformación de la hoja de Coca en productos lícitos, de preferencia en los diversos valles cocaleros y sus entornos, con la re asignación de recursos provenientes de la suspensión de los programas de erradicación

m.       Promover progresivamente el intercambio directo entre Productores Agrícolas de hoja de coca y compradores.

n.        Tiene a cargo el Registro Nacional de Productores Agrícolas de hoja de coca, el mismo que también registra las áreas de cultivo y el registro de personas naturales y jurídicas que adquieren la hoja de coca como requisito previo a su adquisición como materia prima para su uso y transformación.

o.        Comercializa la hoja de coca de los productores debidamente empadronados, para fines tradicionales, medicinales y de transformación en productos lícitos.

p.        Supervisa las actividades relacionadas con la transformación de la hoja de coca con fines industriales lícitos.

q.        Diseña y ejecuta la política de sustitución de cultivos de la hoja de coca la misma que será de aplicación voluntaria.

r.         Propone alternativas rentables de producción sostenida para sustituir los sembríos de hoja de coca

s.        Coordinar, concertar y ejecutar con las entidades competentes os organismos especializados promover la inversión impulsando la competitividad y el desarrollo sostenible, Gestionar y canalizar la cooperación técnica y financiera internacional para el cumplimiento de sus funciones, establecer estrategias de promoción de exportación de los productos lícitos derivados de la hoja de coca.

t.          Coordina con los sectores involucrados las estrategias para el cumplimiento de sus objetivos.

 

Artículo 13.- De sus Recursos

Constituyen ingresos propios de Proyecto de Desarrollo y Control de la Hoja de Coca - PRODECOCA:

Los que le asigne la ley del Presupuesto Anual

Recursos provenientes de la Cooperación Técnica Internacional conforme a ley.

Los ingresos propios que puedan generar como resultado de sus operaciones.

 

Artículo 14.- De los Incentivos

PRODECOCA implementará incentivos económicos a las actividades de transformación, comercialización y exportación de los productos lícitos derivados de la hoja de coca.

 

Artículo 15.-  De la Fiscalización

La Contraloría General de la República ejercerá el control y fiscalización para prevenir y verificar la correcta, eficiente y transparente utilización y gestión de los recursos y bienes del Estado. Evaluará anualmente la gestión de PRODECOCA en función de los objetivos trazados y los resultados obtenidos, con relación a los recursos asignados y al cumplimiento de los programas y planes

La sociedad civil a través de las organizaciones de los productores agrícolas de las cuencas cocaleras participará activamente en el proceso de gestión y control público, como fuente de información calificada y permanente detectando y denunciando los actos de corrupción.

 

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Primera.- PRODECOCA Coordinará con carácter prioritario con el Ministerio de Relaciones Exteriores para promover y lograr la exclusión de la hoja de coca de la Lista I de Estupefacientes de la ONU.

Segunda.- El Poder Ejecutivo, formularán su Reglamento, dentro del término de treinta (30) días contados a partir de la vigencia de la presente Ley.

Tercera.- En un plazo de 30 días a partir de la vigencia de su Reglamento, PRODECOCA realizará el Registro Nacional de Productores de Hoja Coca y zonas cocaleras a nivel nacional.

Cuarta.- Transfiérase el Programa  de Desarrollo Alternativo de la Comisión para el desarrollo y vida sin Drogas – DEVIDA y desactívese a la Empresa Nacional de la Coca – ENACO S.A., transfiriéndose sus funciones, saldos presupuestales, patrimonio y acervo documentario correspondiente a PRODECOCA

 

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Deróguese las disposiciones que se opongan a la presente Ley.

Segunda.- Esta Ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofical "El Peruano"

 

 

LEY         QUE REGULA LAS ACTIVIDADES PRODUCTIVAS DE LA HOJA DE COCA CON FINES LICITOS

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

ANTECEDENTES HISTORICOS

La hoja de coca es un arbusto oriundo del Perú que se cultiva desde tiempos inmemoriales y su uso está íntimamente ligado a la cultura tradicional de amplios sectores de la población. Actualmente se sabe que tres millones de personas  que viven en la costa sierra y selva consumen tradicionalmente la hoja de coca.

Entre las formas de consumo tradicional de la hoja de soca tenemos el chakteo en el trabajo, en fiestas costumbristas, patronales y carnavales, en velorios, misas entierros; también se usa en mate e infusiones, adivinación (lecturas para ver el futuro), para atraer la buena suerte, ceremonias rituales (pago a la tierra) entre otras formas.

Nuestros antepasados, los Incas consideraron a la coca como una planta divina y tenían que abastecerse de toda la producción necesaria para el uso durante las funciones estatales, los regalos diplomáticos, el consumo del ejército, la nobleza, los chasquis (mensajeros) y en ofrendas a los templos religiosos.

Puede considerarse que existe un patrón andino y amazónico uniforme en lo referente al uso ancestral de la hoja de coca. La documentación etnohistórica  confirma que la coca en la sociedad tradicional andina no fue un privilegio exclusivo de la nobleza inca, en diversas comunidades indígenas andinas la coca actuó y actúa como símbolo de prestigio y poder, con carácter sagrado. Así, la hoja de coca se convirtió en objeto de intercambio y apreciado regalo, de gran liquidez y circulación.

Otro aspecto importante en el uso de la coca es su rol en la práctica médica tradicional andina. Desde hace siglos, el hombre andino identificó el valor terapéutico de la hoja de coca. El campesino indígena recurre frecuentemente a ella reconociéndole múltiples propiedades medicinales: masticada, en infusión, aplicada en cataplasma, o su humo al quemarla, tiene variadas aplicaciones para tratar enfermedades de la piel, el aparato digestivo o el sistema circulatorio. Asimismo, era y es utilizada como anestésico en operaciones quirúrgicas para todos los estratos de la comunidad indígena.

Los usos y costumbres ancestrales relativos a la coca continúan practicándose en la actualidad. Esta planta constituye un símbolo de identidad étnica para diversas comunidades indígenas, y para sus descendientes; es parte de la cultura andina y amazónica. El reconocimiento de esta dimensión es un componente fundamental en el camino a recorrer en la lucha contra el narcotráfico

 

VALOR NUTRICIONAL

En un trabajo pionero sobre la hoja de coca como alimento andino, el doctor Carlos Collazos Chiriboga y sus colaboradores (Collazos, Chiriboga y Alvistur, Nutrición y coqueo, Revista del Viernes Médico, Vol. XVI, N° 1, Lima, 1965) demostraron que la hoja de coca era alimento.

Con su sencilla pero trascendental investigación, el doctor Collazos pudo demostrar inicialmente la riqueza en minerales y vitaminas de la hoja de coca con “valores particularmente llamativos para el nitrógeno, el calcio y el caroteno”. (Cuadro N° 01). Por si quedaran dudas observó su debido aprovechamiento mediante el coqueo que “en el caso particular del caroteno extraído durante la masticación, se refleja en el plasma sanguíneo por un aumento del mismo caroteno y de la vitamina A”.

 

CUADRO N° 01

COMPOSICION QUIMICA DE LA HOJA DE COCA

CONTENIDO EN 100 GRAMOS

 

PROCEDENCIA

HUM.

NITRG

FIBRA

CENIZ

CALCIO

FÓSF

CAROTEN

VB1

VB2

NIACINA

COCAINA

La Convención

8.27

3.07

18.08

5.70

21.37

542.7

8..26

0.80

1.60

7.20

1.10

La Convención

8.20

2.80

19.6

4.75

1887

615

114.26

0.91

1.76

8.20

0.80

La Convención

12.93

2.96

15.2

5.05

2056

385

78.26

0.91

1.92

9.10

0.78

La Convención

9.25

2.69

17.2

6.45

2675

708.4

5.56

0.90

1.60

1.10

0.85

La Convención

10.67

3.22

17.8

4.40

1913

265.4

10.54

0.59

1.12

8.20

0.80

Calca

10.80

2.61

16.0

5.45

2400

354.8

9.24

0.90

1.44

9.20

0.98

Huamalíes

11.23

3.18

18.2

3.65

1380

184.5

10.26

0.62

1.44

9.80

0.65

Mcal Cáceres

9.28

2.72

19.0

4.90

1613

289.9

6.72

0.80

1.44

9.30

0.72

Celendín

11.72

2.66

19.2

7.80

3706

308.11

10.30

0.80

1.12

5.50

0.81

Promedio

10.26

2.88

17.9

5.35

2196

405.00

78.15

0.80

1.49

8.62

0.83

 

Nota: HUM: Humedad  NITRG: Nitrógeno  CENIZ: Ceniza    FOSF: Fósforo    CAROTE: Caroteno    VBI: VITAMINA B1   VB2:VITAMINA B2

 

El posterior análisis de la coca, en 1975, por un equipo de Harvard (Duke,Aulik y Plowman, Nutritional Values of Coca, Botanical Museum Leaflets 24 (6): 113-119) (Cuadro 2), demostró fehacientemente, una vez más, el valor nutricional de la hoja de coca que para la ley internacional, sin embargo, continúa siendo una “droga” culpable de los males que la psiquiatría le atribuyó gratuitamente, contrariando a la razón y a la experiencia que caracterizan al pensamiento científico.

 

CUADRO N° 02

 

CADA 100 GRAMOS DE HOJA DE COCA CONTIENE

CONTENIDO

MILIGRAMOS

CONTENIDO

MILIGRAMOS

Nitrógeno total

20.06

Potasio

1739.33

Alcaloides totales no volátiles

0.70

Magnesio

299.30

Grasa

3.68

Sodio

39.41

Carbohidratos

47.50

Aluminio

17.39

Beta caroteno

9.40

Bario

6.18

Alfa caroteno

2.76

Hierro

136.64

Vitamina C

6.47

Estroncio

12.02

Vitamina E

40.17

Boro

6.75

Tiamina (Vita. B 1)

0.73

Cobre

1.22

Riboflavina (Vit. B 2)

0.88

Zinc

2.21

Niacina (Factor p.p)

8.37

Manganeso

9.15

Calcio

997.62

Cromo

0.12

Fosfato

412.67

 

 

 

Nosotros lo de la América Andina, tenemos con la Coca el privilegio  de contar con uno de los productos más nutritivos del mundo. Posiblemente sus maravillosos efectos medicinales se deban al alto contenido de nutrientes que poseen, ya que los nutrientes están en relación directa con el bienestar psicosomático del ser humano.

 

Los análisis de los contenidos nutricionales de la coca – Perú 1995- y Bolivia 1981- nos permiten hacer comparaciones con los contenidos de otros alimentos andinos y de algunas zonas de otras latitudes.

 

Un  breve estudio comparativo en “cuanto” la coca supera a otros alimentos más frecuentemente consumidos en nuestra región –ver cuadro adjunto- nos ofrece a los que trabajamos en el campo de la nutrición humana y la salud, la necesidad de investigar hasta qué punto se pueden lograr mezclas y preparaciones que pueden ser consumidas en raciones alimenticias, usando la coca en forma de harina, hoja fresca o seca. El utilizar coca mezclada con nuestros cereales y tubérculos andinos elevaría los valores nutricionales de estos alimentos, especialmente del pan cotidiano que cada día llega a los hogares como una simple hojarasca de harina blanca.

 

Los contenidos del calcio, proteínas, vitamina A, vitamina E y otros nutrientes de la coca ofrecen al campo de la nutrición humana posibilidades aún más amplias que al campo exclusivamente medicinal.

 

COMPARACION ALIMENTARIA DE LA HOJA DE COCA

CON OTROS ALIMENTOS (100 Grs)

 

ALIMENTOS

CALORIAS

PROTEINA

CALCIO

HIERRO

FOSFATO

VIT.A

VIT.E

VIT.B1

VIT.B2

NIACINA

VIT.C

Coca

304.00

19.90

2097.00

9.80

363.00

8.15

44.10

0.30

1.72

6.30

10.50

Maíz

325.00

8.40

6.00

1.7

267.00

0.02

 

0.30

0.16

3.25

0.70

Trigo

336.00

8.60

36.00

4.60

224.00

 

 

0.30

0.08

2.85

4.80

Arroz

359.00

6.10

8.00

1.60

130.00

 

 

0.00

0.07

2.96

 

Cebada

344.00

6.90

62.00

5.10

394.00

0.01

 

0.33

0.21

7.40

 

Kiwicha

365.00

12.90

12.90

5.30

254.00

 

 

0.20

0.57

0.95

3.20

Quínua

367.00

14.00

14.00

7.00

450.00

 

 

0.35

0.32

1.43

6.80

Papa

97.00

2.10

2.10

0.50

47.00

0.02

 

0.09

0.09

1.67

14.00

Yuca

162.00

0.80

0.80

0.50

25.00

0.01

 

0.04

0.04

0.76

30.70

H Quinua

50.00

4.70

4.70

1.50

63.00

1.70

 

0.06

0.95

1.20

11.10

H Nabo

35.00

2.90

2.90

2.80

95.00

2.12

 

0.12

0.38

2.40

49.20

 

 

En la misma investigación realizada por la Universidad de Harvard, se ha probado que la masticación diaria de 100 gramos de hojas de coca, satisface la ración alimentaria recomendada tanto para el hombre como para la mujer, mientras que 60 gramos por día colman las necesidades del calcio.

 

Su contenido en vitaminas y determinados oligoelementos hacen que al mismo tiempo el mate de coca constituya un complemento nutritivo de la dieta diaria, esos mismos estudios de la Universidad de Harvard sostienen que en 100 gramos de coca se p pueden tener casi dos gramos de potasio que son necesarios para el equilibrio del corazón y se le atribuyen además propiedades adelgazantes. Sabiendo que estas tisanas (mates) son tan ricas en estos nutrientes, se convierten en alimento y en medicina.

 

Dentro de este contexto se demuestra claramente las múltiples propiedades medicinales y nutricionales de la hoja de coca, sin llegar a explotar su potencial industrial, poniendo de manifiesto que su uso no tiene efectos negativos sobre el organismo humano.

Existe la clara necesidad de explorar otras posibilidades como la producción de aceites, papel, etc.  Además de los productos farmacológicos que contribuyen con la salud de la humanidad, todas las acciones que promuevan investigaciones a fin de obtener nuevos derivados de la hoja de coca, da la posibilidad de generar valor agregado a este importante recurso nacional patrimonio de identidad andina.

 

MARCO LEGAL

El Perú suscribió e incorporó al ordenamiento jurídico peruano, la Convención Unica de Estupefacientes redactada en Nueva York el 30 de marzo de 1961, norma supranacional que establece medidas de fiscalización para los estupefacientes enumerados en las cuatro listas, en cuya Lista I se encuentra considerada la Hoja de Coca.

Esta clasificación es errónea y atenta contra el consumo histórico y tradicional, desconociendo sus altas propiedades nutritivas  y medicinales, y alentando la satanización de la planta de manera interesada


El Gobierno Militar mediante la dación del Decreto Ley N° 22095 “Ley del Tráfico Ilícito de Drogas” de fecha 02 de marzo de 1978, orientó su accionar basado fundamentalmente en las disposiciones de la Convención Unica de Estupefacientes  de 1961, abordando normativamente y de manera integral los aspectos de tipificación y represión del tráfico ilícito de drogas, producción, comercialización y control de drogas en el país, sin embargo estas disposiciones han resultado inaplicables porque el espíritu es la erradicación y/o sustitución de la hoja de coca en acatamiento a considerarla sólo como insumo para la fabricación de estupefacientes y dejando de lado su aplicación con fines lícitos.

 

Dentro del mismo enfoque el estado peruano creó, del referido Decreto Ley, ENACO  como organismo responsable de la Comercialización de la hoja de coca y sus derivados, confiriendo paralelamente y sin la debidas líneas de coordinación, facultades normativas y de control  a otros organismos como la Ex Guardia civil, el ministerio de agricultura entre otros. Ello solo ha traido consigo resultados negativos en cuanto a los objetivos previstos por la dispersión de esfuerzos, conflictos de competencia, etc.

 

De conformidad con la Ley N° 27634, Ley de modificación de los artículo 41 y 68 de la Ley de Represión al Tráfico Ilícito de Drogas Decreto Ley 22095, se tiene que el estado a través de ENACO S.A. realizará la industrialización y comercialización de la hoja de coca provenientes de los predios empadronados, objetivos que no ha cumplido a cabalidad, limitándose a convertirse en una empresa intermediaria.

 

Mediante Ley 28003 se crea la Comisión Nacional para el desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA que tiene como objetivos proponer y recomendar los lineamientos sobre política nacional de lucha contra el tráfico ilícito de drogas, el consumo ilegal de drogas tóxicas  y el desarrollo alternativo evidenciando una inexactitud en el tratamiento de la producción de la Hoja de Coca a la que le dan un enfoque de ilicitud sin hacer la distinción del uso tradicional e industrial que posee. Además de los serios problemas surgidos en las zonas donde se han implementado los proyectos de Desarrollo Alternativo, existe un enfoque represivo forzoso lo que evidencia un problema muy complejo y la necesidad de una enfoque legal con una nueva propuesta que resuelva este grave problema.

El tratamiento de cultivo, comercialización e industrialización de la hoja de coca tiene un carácter accesorio dentro de los dispositivos legales cuyo objetivo principal es de carácter criminalístico y por ende represivo

Los antecedentes legales revelan que no ha existido una política coherente, tanto en la identificación del problema como en el dictado de medidas tendentes a buscar soluciones acordes a la realidad nacional en este campo

ENFOQUE PRODUCTIVO CON FISCALIZACION

La presente propuesta busca un camino más pacífico, con instrumentos económicos en lugar de armas como forma de sustituir la economía de la coca, con alternativas productivas  dejando de lado la negativa confusión que existe entre hoja de coca y drogas, cuya política de erradicación se ha caracterizado por las directrices predominantemente represivas.

 

Como ha quedado establecido el uso de la hoja de coca está íntimamente ligado a la cultura tradicional de amplios sectores de la población constituyendo un elemento de identidad ancestral sin embargo el cultivo y su uso ha sido abruptamente apartado de estos cánones cuando ésta es utilizada indebidamente como insumo para la fabricación ilegal de sustancias psicotrópicas, convirtiéndose en un problema para el Estado y éste en su misión de salvaguardar la salud de la población dicta normas en aras de combatir el narcotráfico y siendo una de ellas limitar el cultivo y uso de la hoja de coca a extremos de su erradicación completa.

 

Con  el afán de cumplir con la erradicación de coca los gobiernos de turno han repetido los intentos de concertación y diálogo frustrados con los campesinos cocaleros para que éstos colaboren en la erradicación, a cambio de que se impulsen y mejoren los programas de desarrollo alternativo, sin embargo los programas de desarrollo alternativo siguen siendo cuestionados y presentan pocas posibilidades reales de generación de ingresos en un nivel aceptable para la sobrevivencia de las familias que viven en la región.

 

Ante este panorama, las organizaciones campesinas manifiestan constantemente su repudio a estos planes. Las medidas de presión para demandar la atención del gobierno ha ocasionado muertes, heridos y significativas pérdidas económicas.

 

Frente a las políticas antidrogas occidentales, represivas o no, los productores de coca han desarrollado su propia política, han manifestado varias veces su deseo de entrar en un verdadero diálogo directo y honesto,  se trataría de la única manera pacífica de solucionar el problema.

 

Con la plena participación de los campesinos, se iniciaría un verdadero desarrollo alternativo, erradicando no a la coca sino a la pobreza.  Este desarrollo se basaría principalmente en garantizar la autosuficiencia y la producción para el mercado regional y nacional. Entre las líneas productivas de este programa estaría la coca, y su industrialización en productos benéficos. Los campesinos productores hasta ahora no han tenido la oportunidad de explicar esta propuesta a los representantes de la comunidad internacional.

 

Se propone la regulación del cultivo en todos los lugares donde existe actualmente y la exportación de los derivados de la coca, que tienen valores nutricionales y medicinales; para asegurar que sólo los productores de coca se aprovecharan de esa manera, el comercio de la hoja de coca tendría que suceder en base a un control ejercido por una instancia en que también están representados los campesinos.

 

Más que nadie, los campesinos andinos están interesados en la desaparición del narcotráfico de su región, porque provoca la guerra contra las drogas y la corrupción de las autoridades; por ello, proponen que sean ellos los que lleven el control sobre el destino de la hoja de coca y el narcotráfico.

La presente alternativa se genera porque hasta ahora no ha habido un programa integral de enfrentamiento del problema socio económico y, sin él no puede haber verdadera solución en la base. La represión, alternativa elegida en todas sus variantes, es necesaria pero insuficiente. Es preciso enfocar el problema agrícola y de desarrollo de zonas deprimidas.

 

Es necesario implementar una política de gobierno en este campo bajo un enfoque de revalorización de la hoja de coca rescatando su carácter de recurso natural y por tanto encausado su uso dentro de los programas de promoción y desarrollo, inclusive fomentando la participación del sector privado.

 

Planteamos la necesidad de industrializar la hoja de coca como un objetivo para acabar con el narcotráfico y la desnutrición en el mundo, ha quedado claramente establecido que la hoja de coca es el alimento más nutritivo del pasado, presente y potencialmente del futuro y que es una necesidad imperiosa e insoslayable que sirva para alimentar al pueblo peruano y la humanidad ¿acaso no es posible contribuir a solucionar el problema del hambre en el mundo con el consumo correcto de la hoja de coca? –Si es posible.

 

La fundamental fuerza productiva del país la constituye el factor humano ¿podemos imaginarnos qué capacidades tendríamos para trabajar, estudiar, desarrollar ciencia y tecnología, hacer deporte, etc, si las actuales y sobretodo las nuevas generaciones estuvieran bien alimentadas con productos nutritivos derivados de la hoja de coca? La respuesta es obvia…serían grandiosas.

 

La exportación de alimentos y medicinas elaborados en base a la hoja de coca que al reinvertirse productivamente en la economía nacional potenciaría nuestro desarrollo alcanzando bienestar y mejora del nivel de vida de las grandes mayorías.

 

Concluimos y sintetizamos en la imperiosa necesidad de que la industrialización de la hoja de coca se constituya en un factor estratégico para impulsar nuestro Desarrollo Nacional con Identidad y Justicia Social. Reafirmemos el valor nutricional y medicinal de la planta y luchemos contra sus prejuicios.

 

DIFERENCIACION CON EL NARCOTRAFICO

En vista del fracaso de la política destinada a reducir la demanda de cocaína en los países occidentales, los gobiernos han volcado su interés hacia los lugares de oferta, en los países andinos. Así, la guerra contra la cocaína se ha convertido en una guerra contra la coca.

 

En esta guerra, se utilizan distintas armas. La más obvia es el arma de la presión destinada a eliminar el cultivo de coca cuanto antes. Las autoridades consideran la erradicación de la planta como uno de los elementos centrales en la estrategia para contrarrestar el narcotráfico, no obstante esta esperada disminución del cultivo de coca a través de los programas antidrogas vigentes en los países andinos, no ha dado los resultados esperados.

 

Las políticas antidrogas impuestas desde afuera e implementadas por los gobiernos andinos, provocan una reacción contraria entre los productores y la población. Se invierten cuantiosos recursos para combatir un mal social que no lo generan los productores, ni los países en cuestión, y se hace poco para combatir a las drogas como el alcohol y los inhalantes que crean verdaderos problemas internos.

 

Mas cuando los esfuerzos parecen hacerse vanos, debido al incremento del consumo occidental pese a la disminución y prohibiciones a la producción que establecen los programas de lucha contra el narcotráfico. A raíz del fracaso de dichas políticas, los productores reclaman una lucha seria y efectiva contra las drogas.

 

Esta propuesta podría tener alguna objeción  si se considera que está en contraposición con los Convenios bilaterales y multilaterales de los cuales es siganatrio el Perú en la lucha contra el narcotráfico, siendo el de mayor relevancia la Convención Unica de estupefacientes de 1,961. Ello no es así si se tiene en cuenta que este como otros convenios, lo que buscan es evitar que el cultivo y la producción de la hoja de coca sean derivados hacia el narcotráfico. En el presente caso  la propuesta que presentamos concurren con este objetivo común  pero partiendo necesariamente de una realidad que no podemos ignorar ni menos soslayar dado que las soluciones en este caso requieren de un tratamiento integral, coherente y sistemático.

 

EFECTO DE LA VIGENCIA DE LA NORMA SOBRE LA LEGISLACION NACIONAL

Los efectos de la presente iniciativa legislativa tiene como objeto precisar la distinción entre la producción de la hoja de coca para fines ilícitos y el uso para fines ilícitos. Reivindicando sus valores culturales y benéficos para la humanidad.

Asimismo tiene como efectos modificar el decreto Leg. 824 y sus normas modificatorias y la Ley N° 22095 en lo que se opongan a los objetivos de la propuesta que establece un organismo marco responsable de la nueva política nacional con un enfoque productivo.

En el ámbito internacional se pretende una modificatoria del tratado Internacional que considera a la hoja de coca como producto toxicológico.

 

ANALISIS COSTO BENEFICIO

La presente iniciativa no genera costo alguno al Estado porque reorienta los recursos del Programa de Desarrollo Alternativo a cargo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA y la Empresa Nacional de la Coca – ENACO, a un nuevo organismo que tiene un enfoque productivo el mismo que permitirá el incremento económico de los productores agrícolas mediante la industrialización

PROYECTO DE LEY

 

 

Los Congresistas de la República que suscriben, integrantes del Grupo Parlamentario PERU AHORA,  en ejercicio del derecho de iniciativa legislativa que les confiere el Artículo 107º de la Constitución Política del Perú, presentan el Proyecto de Ley siguiente:

 

EL PRESIDENTE DE  LA REPUBLICA

Por cuanto:

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

Ha dado la Ley siguiente:

 

LEY         QUE REGULA LAS ACTIVIDADES PRODUCTIVAS DE LA HOJA DE COCA CON FINES LICITOS

 

Artículo 1º.- Objeto de la Ley

La presente Ley regula las actividades productivas de la hoja de coca con fines lícitos que comprende la producción, transformación, comercialización  y exportación.

 

Artículo 2º.- Definición y usos de la hoja de coca

Para los efectos de la presente ley se entiende por coca a la planta de cualquier especie del género Erythroxylum, producto que forma parte de la identidad cultural de nuestro país.

Se utiliza para el consumo tradicional así como para la elaboración o fabricación de productos alimenticios, industriales o medicinales que se comercializan en el mercado de forma lícita.

El uso o destino de la hoja de coca distinto al señalado en el párrafo precedente tiene carácter ilícito y será penalizado conforme a la legislación de la materia.   

 

Artículo 3.- De la Protección

El Estado protege el cultivo lícito de la hoja de coca,  con un adecuado control de la producción a través del registro nacional de productores, la aplicación de una política nacional de sustitución de cultivos alternativos en forma voluntaria, gradual y concertada, y el otorgamiento de incentivos para las actividades de  transformación, comercialización y exportación de productos lícitos.  

 

Artículo 4º.- De la Producción

El cultivo de la hoja de coca se realiza únicamente en las zonas o regiones  originarias de dicho cultivo, que son definidas por la autoridad competente conforme al registro nacional de productores, las mismas que no podrán ser superiores a las preexistentes.

El cien por ciento (100%) de la producción será orientada a la comercialización de productos lícitos señalados en la presente Ley.

 

Artículo 5º.- De la transformación y exportación

La transformación e industrialización de la hoja de coca comprende exclusivamente la elaboración o fabricación de productos alimenticios, medicinales e industriales lícitos para su comercialización en el mercado nacional y exportación.

El Estado promueve la investigación y difusión de las propiedades nutricionales y terapéuticas de la hoja de coca en beneficio de la humanidad y promoverá la diferenciación de la hoja de coca con los estupefacientes.

 

Artículo 6º.- De la política de sustitución por cultivos alternativos y otras actividades.

 La política de sustitución de cultivos alternativos que promueva e implemente el Estado en reemplazo de la hoja de coca debe contemplar estrategias de desarrollo integral de manera gradual y concertada con los productores a través de sus organizaciones representativas y las empresas dedicadas a las actividades productivas a que se refiere esta Ley.

 

Artículo 7º.- De la autoridad competente

El Ministerio de Agricultura a través del Organismo creado por esta Ley es la autoridad competente en las materias a que se refiere la presente Ley, ejerciendo el control y supervisión de las actividades productivas de la hoja de coca.

Las acciones de control y supervisión en el proceso productivo orientan y facilitan el desarrollo de las actividades específicas que permite la presente Ley.

 

Artículo 8.- De las sanciones

Las actividades productivas no registradas, y el incumplimiento de obligaciones que derivan del registro de productores, están sujetas a las sanciones que establezca el Reglamento de la presente Ley, sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales a que hubieran lugar.

 

Artículo 9º.- De la creación del Proyecto de Desarrollo y Control de la Hoja de Coca

Créase el Proyecto de Desarrollo y Control de la Hoja de Coca (PRODECOCA), como organismo público descentralizado adscrito al Sector Agricultura con personería jurídica de derecho público interno y autonomía técnica, administrativa, económica y financiera, en base a la fusión del Programa de Desarrollo Alternativo a cargo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA y la Empresa Nacional de la Coca – ENACO.

El Poder Ejecutivo en un plazo de 60 días naturales contados a partir de la vigencia de la presente Ley, aprueba mediante Decreto Supremo el proceso de fusión por transformación antes señalado, con arreglo a la Ley de Modernización de la Gestión del Estado.

 

Artículo10 .- Finalidad de PRODECOCA

El Proyecto de Desarrollo y Control De la Hoja de Coca, PRODECOCA, tiene por finalidad diseñar y ejecutar la política agroindustrial sobre la hoja de coca con fines lícitos dentro de los alcances que establece la presente Ley.

Sus objetivos principales son:

5.        Cautelar y orientar el uso y destino de la hoja de coca con fines lícitos

6.        Optimizar la aplicación de los recursos del estado destinados al desarrollo y control del la hoja de coca

 

Artículo 11º.- Estructura de PRODECOCA

El Proyecto de Desarrollo y Control de la Hoja de Coca, PRODECOHCA, cuenta con un Consejo Directivo el mismo que estará conformado inicialmente por:

El Ministro de Agricultura, quien lo preside

Un Representante del Ministerio de la Producción.

Los Presidentes de los Gobiernos Regionales de las zonas bajo la influencia de los sembríos de la hoja de coca

Dos representantes de los alcaldes de la zona bajo influencia de los sembríos de la hoja de coca.

Dos representantes de los productores agrarios de las cuencas cocaleras

 

Su estructura orgánica se establecerá mediante reglamento, el mismo que se aprobará por Decreto Supremo.

 

 Artículo 12°.- Funciones 

Son funciones generales de PRODECOCA:

u.        Diseñar, formular y ejecutar las políticas y acciones en el ámbito de su competencia

v.        Promover y supervisar la creación y funcionamiento de las empresas privadas dedicadas a la comercialización y transformación de la hoja de Coca en productos lícitos, de preferencia en los diversos valles cocaleros y sus entornos, con la re asignación de recursos provenientes de la suspensión de los programas de erradicación

w.       Promover progresivamente el intercambio directo entre Productores Agrícolas de hoja de coca y compradores.

x.        Tiene a cargo el Registro Nacional de Productores Agrícolas de hoja de coca, el mismo que también registra las áreas de cultivo y el registro de personas naturales y jurídicas que adquieren la hoja de coca como requisito previo a su adquisición como materia prima para su uso y transformación.

y.        Comercializa la hoja de coca de los productores debidamente empadronados, para fines tradicionales, medicinales y de transformación en productos lícitos.

z.        Supervisa las actividades relacionadas con la transformación de la hoja de coca con fines industriales lícitos.

aa.     Diseña y ejecuta la política de sustitución de cultivos de la hoja de coca la misma que será de aplicación voluntaria.

bb.     Propone alternativas rentables de producción sostenida para sustituir los sembríos de hoja de coca

cc.      Coordinar, concertar y ejecutar con las entidades competentes os organismos especializados promover la inversión impulsando la competitividad y el desarrollo sostenible, Gestionar y canalizar la cooperación técnica y financiera internacional para el cumplimiento de sus funciones, establecer estrategias de promoción de exportación de los productos lícitos derivados de la hoja de coca.

dd.     Coordina con los sectores involucrados las estrategias para el cumplimiento de sus objetivos.

 

Artículo 13.- De sus Recursos

Constituyen ingresos propios de Proyecto de Desarrollo y Control de la Hoja de Coca - PRODECOCA:

Los que le asigne la ley del Presupuesto Anual

Recursos provenientes de la Cooperación Técnica Internacional conforme a ley.

Los ingresos propios que puedan generar como resultado de sus operaciones.

 

Artículo 14.- De los Incentivos

PRODECOCA implementará incentivos económicos a las actividades de transformación, comercialización y exportación de los productos lícitos derivados de la hoja de coca.

 

Artículo 15.-  De la Fiscalización

La Contraloría General de la República ejercerá el control y fiscalización para prevenir y verificar la correcta, eficiente y transparente utilización y gestión de los recursos y bienes del Estado. Evaluará anualmente la gestión de PRODECOCA en función de los objetivos trazados y los resultados obtenidos, con relación a los recursos asignados y al cumplimiento de los programas y planes

La sociedad civil a través de las organizaciones de los productores agrícolas de las cuencas cocaleras participará activamente en el proceso de gestión y control público, como fuente de información calificada y permanente detectando y denunciando los actos de corrupción.

 

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Primera.- PRODECOCA Coordinará con carácter prioritario con el Ministerio de Relaciones Exteriores para promover y lograr la exclusión de la hoja de coca de la Lista I de Estupefacientes de la ONU.

Segunda.- El Poder Ejecutivo, formularán su Reglamento, dentro del término de treinta (30) días contados a partir de la vigencia de la presente Ley.

Tercera.- En un plazo de 30 días a partir de la vigencia de su Reglamento, PRODECOCA realizará el Registro Nacional de Productores de Hoja Coca y zonas cocaleras a nivel nacional.

Cuarta.- Transfiérase el Programa  de Desarrollo Alternativo de la Comisión para el desarrollo y vida sin Drogas – DEVIDA y desactívese a la Empresa Nacional de la Coca – ENACO S.A., transfiriéndose sus funciones, saldos presupuestales, patrimonio y acervo documentario correspondiente a PRODECOCA

 

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- Deróguese las disposiciones que se opongan a la presente Ley.

Segunda.- Esta Ley entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofical "El Peruano"

 

 

LEY         QUE REGULA LAS ACTIVIDADES PRODUCTIVAS DE LA HOJA DE COCA CON FINES LICITOS

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

ANTECEDENTES HISTORICOS

La hoja de coca es un arbusto oriundo del Perú que se cultiva desde tiempos inmemoriales y su uso está íntimamente ligado a la cultura tradicional de amplios sectores de la población. Actualmente se sabe que tres millones de personas  que viven en la costa sierra y selva consumen tradicionalmente la hoja de coca.

Entre las formas de consumo tradicional de la hoja de soca tenemos el chakteo en el trabajo, en fiestas costumbristas, patronales y carnavales, en velorios, misas entierros; también se usa en mate e infusiones, adivinación (lecturas para ver el futuro), para atraer la buena suerte, ceremonias rituales (pago a la tierra) entre otras formas.

Nuestros antepasados, los Incas consideraron a la coca como una planta divina y tenían que abastecerse de toda la producción necesaria para el uso durante las funciones estatales, los regalos diplomáticos, el consumo del ejército, la nobleza, los chasquis (mensajeros) y en ofrendas a los templos religiosos.

Puede considerarse que existe un patrón andino y amazónico uniforme en lo referente al uso ancestral de la hoja de coca. La documentación etnohistórica  confirma que la coca en la sociedad tradicional andina no fue un privilegio exclusivo de la nobleza inca, en diversas comunidades indígenas andinas la coca actuó y actúa como símbolo de prestigio y poder, con carácter sagrado. Así, la hoja de coca se convirtió en objeto de intercambio y apreciado regalo, de gran liquidez y circulación.

Otro aspecto importante en el uso de la coca es su rol en la práctica médica tradicional andina. Desde hace siglos, el hombre andino identificó el valor terapéutico de la hoja de coca. El campesino indígena recurre frecuentemente a ella reconociéndole múltiples propiedades medicinales: masticada, en infusión, aplicada en cataplasma, o su humo al quemarla, tiene variadas aplicaciones para tratar enfermedades de la piel, el aparato digestivo o el sistema circulatorio. Asimismo, era y es utilizada como anestésico en operaciones quirúrgicas para todos los estratos de la comunidad indígena.

Los usos y costumbres ancestrales relativos a la coca continúan practicándose en la actualidad. Esta planta constituye un símbolo de identidad étnica para diversas comunidades indígenas, y para sus descendientes; es parte de la cultura andina y amazónica. El reconocimiento de esta dimensión es un componente fundamental en el camino a recorrer en la lucha contra el narcotráfico

 

VALOR NUTRICIONAL

En un trabajo pionero sobre la hoja de coca como alimento andino, el doctor Carlos Collazos Chiriboga y sus colaboradores (Collazos, Chiriboga y Alvistur, Nutrición y coqueo, Revista del Viernes Médico, Vol. XVI, N° 1, Lima, 1965) demostraron que la hoja de coca era alimento.

Con su sencilla pero trascendental investigación, el doctor Collazos pudo demostrar inicialmente la riqueza en minerales y vitaminas de la hoja de coca con “valores particularmente llamativos para el nitrógeno, el calcio y el caroteno”. (Cuadro N° 01). Por si quedaran dudas observó su debido aprovechamiento mediante el coqueo que “en el caso particular del caroteno extraído durante la masticación, se refleja en el plasma sanguíneo por un aumento del mismo caroteno y de la vitamina A”.

 

CUADRO N° 01

COMPOSICION QUIMICA DE LA HOJA DE COCA

CONTENIDO EN 100 GRAMOS

 

PROCEDENCIA

HUM.

NITRG

FIBRA

CENIZ

CALCIO

FÓSF

CAROTEN

VB1

VB2

NIACINA

COCAINA

La Convención

8.27

3.07

18.08

5.70

21.37

542.7

8..26

0.80

1.60

7.20

1.10

La Convención

8.20

2.80

19.6

4.75

1887

615

114.26

0.91

1.76

8.20

0.80

La Convención

12.93

2.96

15.2

5.05

2056

385

78.26

0.91

1.92

9.10

0.78

La Convención

9.25

2.69

17.2

6.45

2675

708.4

5.56

0.90

1.60

1.10

0.85

La Convención

10.67

3.22

17.8

4.40

1913

265.4

10.54

0.59

1.12

8.20

0.80

Calca

10.80

2.61

16.0

5.45

2400

354.8

9.24

0.90

1.44

9.20

0.98

Huamalíes

11.23

3.18

18.2

3.65

1380

184.5

10.26

0.62

1.44

9.80

0.65

Mcal Cáceres

9.28

2.72

19.0

4.90

1613

289.9

6.72

0.80

1.44

9.30

0.72

Celendín

11.72

2.66

19.2

7.80

3706

308.11

10.30

0.80

1.12

5.50

0.81

Promedio

10.26

2.88

17.9

5.35

2196

405.00

78.15

0.80

1.49

8.62

0.83

 

Nota: HUM: Humedad  NITRG: Nitrógeno  CENIZ: Ceniza    FOSF: Fósforo    CAROTE: Caroteno    VBI: VITAMINA B1   VB2:VITAMINA B2

 

El posterior análisis de la coca, en 1975, por un equipo de Harvard (Duke,Aulik y Plowman, Nutritional Values of Coca, Botanical Museum Leaflets 24 (6): 113-119) (Cuadro 2), demostró fehacientemente, una vez más, el valor nutricional de la hoja de coca que para la ley internacional, sin embargo, continúa siendo una “droga” culpable de los males que la psiquiatría le atribuyó gratuitamente, contrariando a la razón y a la experiencia que caracterizan al pensamiento científico.

 

CUADRO N° 02

 

CADA 100 GRAMOS DE HOJA DE COCA CONTIENE

CONTENIDO

MILIGRAMOS

CONTENIDO

MILIGRAMOS

Nitrógeno total

20.06

Potasio

1739.33

Alcaloides totales no volátiles

0.70

Magnesio

299.30

Grasa

3.68

Sodio

39.41

Carbohidratos

47.50

Aluminio

17.39

Beta caroteno

9.40

Bario

6.18

Alfa caroteno

2.76

Hierro

136.64

Vitamina C

6.47

Estroncio

12.02

Vitamina E

40.17

Boro

6.75

Tiamina (Vita. B 1)

0.73

Cobre

1.22

Riboflavina (Vit. B 2)

0.88

Zinc

2.21

Niacina (Factor p.p)

8.37

Manganeso

9.15

Calcio

997.62

Cromo

0.12

Fosfato

412.67

 

 

 

Nosotros lo de la América Andina, tenemos con la Coca el privilegio  de contar con uno de los productos más nutritivos del mundo. Posiblemente sus maravillosos efectos medicinales se deban al alto contenido de nutrientes que poseen, ya que los nutrientes están en relación directa con el bienestar psicosomático del ser humano.

 

Los análisis de los contenidos nutricionales de la coca – Perú 1995- y Bolivia 1981- nos permiten hacer comparaciones con los contenidos de otros alimentos andinos y de algunas zonas de otras latitudes.

 

Un  breve estudio comparativo en “cuanto” la coca supera a otros alimentos más frecuentemente consumidos en nuestra región –ver cuadro adjunto- nos ofrece a los que trabajamos en el campo de la nutrición humana y la salud, la necesidad de investigar hasta qué punto se pueden lograr mezclas y preparaciones que pueden ser consumidas en raciones alimenticias, usando la coca en forma de harina, hoja fresca o seca. El utilizar coca mezclada con nuestros cereales y tubérculos andinos elevaría los valores nutricionales de estos alimentos, especialmente del pan cotidiano que cada día llega a los hogares como una simple hojarasca de harina blanca.

 

Los contenidos del calcio, proteínas, vitamina A, vitamina E y otros nutrientes de la coca ofrecen al campo de la nutrición humana posibilidades aún más amplias que al campo exclusivamente medicinal.

 

COMPARACION ALIMENTARIA DE LA HOJA DE COCA

CON OTROS ALIMENTOS (100 Grs)

 

ALIMENTOS

CALORIAS

PROTEINA

CALCIO

HIERRO

FOSFATO

VIT.A

VIT.E

VIT.B1

VIT.B2

NIACINA

VIT.C

Coca

304.00

19.90

2097.00

9.80

363.00

8.15

44.10

0.30

1.72

6.30

10.50

Maíz

325.00

8.40

6.00

1.7

267.00

0.02

 

0.30

0.16

3.25

0.70

Trigo

336.00

8.60

36.00

4.60

224.00

 

 

0.30

0.08

2.85

4.80

Arroz

359.00

6.10

8.00

1.60

130.00

 

 

0.00

0.07

2.96

 

Cebada

344.00

6.90

62.00

5.10

394.00

0.01

 

0.33

0.21

7.40

 

Kiwicha

365.00

12.90

12.90

5.30

254.00

 

 

0.20

0.57

0.95

3.20

Quínua

367.00

14.00

14.00

7.00

450.00

 

 

0.35

0.32

1.43

6.80

Papa

97.00

2.10

2.10

0.50

47.00

0.02

 

0.09

0.09

1.67

14.00

Yuca

162.00

0.80

0.80

0.50

25.00

0.01

 

0.04

0.04

0.76

30.70

H Quinua

50.00

4.70

4.70

1.50

63.00

1.70

 

0.06

0.95

1.20

11.10

H Nabo

35.00

2.90

2.90

2.80

95.00

2.12

 

0.12

0.38

2.40

49.20

 

 

En la misma investigación realizada por la Universidad de Harvard, se ha probado que la masticación diaria de 100 gramos de hojas de coca, satisface la ración alimentaria recomendada tanto para el hombre como para la mujer, mientras que 60 gramos por día colman las necesidades del calcio.

 

Su contenido en vitaminas y determinados oligoelementos hacen que al mismo tiempo el mate de coca constituya un complemento nutritivo de la dieta diaria, esos mismos estudios de la Universidad de Harvard sostienen que en 100 gramos de coca se p pueden tener casi dos gramos de potasio que son necesarios para el equilibrio del corazón y se le atribuyen además propiedades adelgazantes. Sabiendo que estas tisanas (mates) son tan ricas en estos nutrientes, se convierten en alimento y en medicina.

 

Dentro de este contexto se demuestra claramente las múltiples propiedades medicinales y nutricionales de la hoja de coca, sin llegar a explotar su potencial industrial, poniendo de manifiesto que su uso no tiene efectos negativos sobre el organismo humano.

Existe la clara necesidad de explorar otras posibilidades como la producción de aceites, papel, etc.  Además de los productos farmacológicos que contribuyen con la salud de la humanidad, todas las acciones que promuevan investigaciones a fin de obtener nuevos derivados de la hoja de coca, da la posibilidad de generar valor agregado a este importante recurso nacional patrimonio de identidad andina.

 

MARCO LEGAL

El Perú suscribió e incorporó al ordenamiento jurídico peruano, la Convención Unica de Estupefacientes redactada en Nueva York el 30 de marzo de 1961, norma supranacional que establece medidas de fiscalización para los estupefacientes enumerados en las cuatro listas, en cuya Lista I se encuentra considerada la Hoja de Coca.

Esta clasificación es errónea y atenta contra el consumo histórico y tradicional, desconociendo sus altas propiedades nutritivas  y medicinales, y alentando la satanización de la planta de manera interesada


El Gobierno Militar mediante la dación del Decreto Ley N° 22095 “Ley del Tráfico Ilícito de Drogas” de fecha 02 de marzo de 1978, orientó su accionar basado fundamentalmente en las disposiciones de la Convención Unica de Estupefacientes  de 1961, abordando normativamente y de manera integral los aspectos de tipificación y represión del tráfico ilícito de drogas, producción, comercialización y control de drogas en el país, sin embargo estas disposiciones han resultado inaplicables porque el espíritu es la erradicación y/o sustitución de la hoja de coca en acatamiento a considerarla sólo como insumo para la fabricación de estupefacientes y dejando de lado su aplicación con fines lícitos.

 

Dentro del mismo enfoque el estado peruano creó, del referido Decreto Ley, ENACO  como organismo responsable de la Comercialización de la hoja de coca y sus derivados, confiriendo paralelamente y sin la debidas líneas de coordinación, facultades normativas y de control  a otros organismos como la Ex Guardia civil, el ministerio de agricultura entre otros. Ello solo ha traido consigo resultados negativos en cuanto a los objetivos previstos por la dispersión de esfuerzos, conflictos de competencia, etc.

 

De conformidad con la Ley N° 27634, Ley de modificación de los artículo 41 y 68 de la Ley de Represión al Tráfico Ilícito de Drogas Decreto Ley 22095, se tiene que el estado a través de ENACO S.A. realizará la industrialización y comercialización de la hoja de coca provenientes de los predios empadronados, objetivos que no ha cumplido a cabalidad, limitándose a convertirse en una empresa intermediaria.

 

Mediante Ley 28003 se crea la Comisión Nacional para el desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA que tiene como objetivos proponer y recomendar los lineamientos sobre política nacional de lucha contra el tráfico ilícito de drogas, el consumo ilegal de drogas tóxicas  y el desarrollo alternativo evidenciando una inexactitud en el tratamiento de la producción de la Hoja de Coca a la que le dan un enfoque de ilicitud sin hacer la distinción del uso tradicional e industrial que posee. Además de los serios problemas surgidos en las zonas donde se han implementado los proyectos de Desarrollo Alternativo, existe un enfoque represivo forzoso lo que evidencia un problema muy complejo y la necesidad de una enfoque legal con una nueva propuesta que resuelva este grave problema.

El tratamiento de cultivo, comercialización e industrialización de la hoja de coca tiene un carácter accesorio dentro de los dispositivos legales cuyo objetivo principal es de carácter criminalístico y por ende represivo

Los antecedentes legales revelan que no ha existido una política coherente, tanto en la identificación del problema como en el dictado de medidas tendentes a buscar soluciones acordes a la realidad nacional en este campo

ENFOQUE PRODUCTIVO CON FISCALIZACION

La presente propuesta busca un camino más pacífico, con instrumentos económicos en lugar de armas como forma de sustituir la economía de la coca, con alternativas productivas  dejando de lado la negativa confusión que existe entre hoja de coca y drogas, cuya política de erradicación se ha caracterizado por las directrices predominantemente represivas.

 

Como ha quedado establecido el uso de la hoja de coca está íntimamente ligado a la cultura tradicional de amplios sectores de la población constituyendo un elemento de identidad ancestral sin embargo el cultivo y su uso ha sido abruptamente apartado de estos cánones cuando ésta es utilizada indebidamente como insumo para la fabricación ilegal de sustancias psicotrópicas, convirtiéndose en un problema para el Estado y éste en su misión de salvaguardar la salud de la población dicta normas en aras de combatir el narcotráfico y siendo una de ellas limitar el cultivo y uso de la hoja de coca a extremos de su erradicación completa.

 

Con  el afán de cumplir con la erradicación de coca los gobiernos de turno han repetido los intentos de concertación y diálogo frustrados con los campesinos cocaleros para que éstos colaboren en la erradicación, a cambio de que se impulsen y mejoren los programas de desarrollo alternativo, sin embargo los programas de desarrollo alternativo siguen siendo cuestionados y presentan pocas posibilidades reales de generación de ingresos en un nivel aceptable para la sobrevivencia de las familias que viven en la región.

 

Ante este panorama, las organizaciones campesinas manifiestan constantemente su repudio a estos planes. Las medidas de presión para demandar la atención del gobierno ha ocasionado muertes, heridos y significativas pérdidas económicas.

 

Frente a las políticas antidrogas occidentales, represivas o no, los productores de coca han desarrollado su propia política, han manifestado varias veces su deseo de entrar en un verdadero diálogo directo y honesto,  se trataría de la única manera pacífica de solucionar el problema.

 

Con la plena participación de los campesinos, se iniciaría un verdadero desarrollo alternativo, erradicando no a la coca sino a la pobreza.  Este desarrollo se basaría principalmente en garantizar la autosuficiencia y la producción para el mercado regional y nacional. Entre las líneas productivas de este programa estaría la coca, y su industrialización en productos benéficos. Los campesinos productores hasta ahora no han tenido la oportunidad de explicar esta propuesta a los representantes de la comunidad internacional.

 

Se propone la regulación del cultivo en todos los lugares donde existe actualmente y la exportación de los derivados de la coca, que tienen valores nutricionales y medicinales; para asegurar que sólo los productores de coca se aprovecharan de esa manera, el comercio de la hoja de coca tendría que suceder en base a un control ejercido por una instancia en que también están representados los campesinos.

 

Más que nadie, los campesinos andinos están interesados en la desaparición del narcotráfico de su región, porque provoca la guerra contra las drogas y la corrupción de las autoridades; por ello, proponen que sean ellos los que lleven el control sobre el destino de la hoja de coca y el narcotráfico.

La presente alternativa se genera porque hasta ahora no ha habido un programa integral de enfrentamiento del problema socio económico y, sin él no puede haber verdadera solución en la base. La represión, alternativa elegida en todas sus variantes, es necesaria pero insuficiente. Es preciso enfocar el problema agrícola y de desarrollo de zonas deprimidas.

 

Es necesario implementar una política de gobierno en este campo bajo un enfoque de revalorización de la hoja de coca rescatando su carácter de recurso natural y por tanto encausado su uso dentro de los programas de promoción y desarrollo, inclusive fomentando la participación del sector privado.

 

Planteamos la necesidad de industrializar la hoja de coca como un objetivo para acabar con el narcotráfico y la desnutrición en el mundo, ha quedado claramente establecido que la hoja de coca es el alimento más nutritivo del pasado, presente y potencialmente del futuro y que es una necesidad imperiosa e insoslayable que sirva para alimentar al pueblo peruano y la humanidad ¿acaso no es posible contribuir a solucionar el problema del hambre en el mundo con el consumo correcto de la hoja de coca? –Si es posible.

 

La fundamental fuerza productiva del país la constituye el factor humano ¿podemos imaginarnos qué capacidades tendríamos para trabajar, estudiar, desarrollar ciencia y tecnología, hacer deporte, etc, si las actuales y sobretodo las nuevas generaciones estuvieran bien alimentadas con productos nutritivos derivados de la hoja de coca? La respuesta es obvia…serían grandiosas.

 

La exportación de alimentos y medicinas elaborados en base a la hoja de coca que al reinvertirse productivamente en la economía nacional potenciaría nuestro desarrollo alcanzando bienestar y mejora del nivel de vida de las grandes mayorías.

 

Concluimos y sintetizamos en la imperiosa necesidad de que la industrialización de la hoja de coca se constituya en un factor estratégico para impulsar nuestro Desarrollo Nacional con Identidad y Justicia Social. Reafirmemos el valor nutricional y medicinal de la planta y luchemos contra sus prejuicios.

 

DIFERENCIACION CON EL NARCOTRAFICO

En vista del fracaso de la política destinada a reducir la demanda de cocaína en los países occidentales, los gobiernos han volcado su interés hacia los lugares de oferta, en los países andinos. Así, la guerra contra la cocaína se ha convertido en una guerra contra la coca.

 

En esta guerra, se utilizan distintas armas. La más obvia es el arma de la presión destinada a eliminar el cultivo de coca cuanto antes. Las autoridades consideran la erradicación de la planta como uno de los elementos centrales en la estrategia para contrarrestar el narcotráfico, no obstante esta esperada disminución del cultivo de coca a través de los programas antidrogas vigentes en los países andinos, no ha dado los resultados esperados.

 

Las políticas antidrogas impuestas desde afuera e implementadas por los gobiernos andinos, provocan una reacción contraria entre los productores y la población. Se invierten cuantiosos recursos para combatir un mal social que no lo generan los productores, ni los países en cuestión, y se hace poco para combatir a las drogas como el alcohol y los inhalantes que crean verdaderos problemas internos.

 

Mas cuando los esfuerzos parecen hacerse vanos, debido al incremento del consumo occidental pese a la disminución y prohibiciones a la producción que establecen los programas de lucha contra el narcotráfico. A raíz del fracaso de dichas políticas, los productores reclaman una lucha seria y efectiva contra las drogas.

 

Esta propuesta podría tener alguna objeción  si se considera que está en contraposición con los Convenios bilaterales y multilaterales de los cuales es siganatrio el Perú en la lucha contra el narcotráfico, siendo el de mayor relevancia la Convención Unica de estupefacientes de 1,961. Ello no es así si se tiene en cuenta que este como otros convenios, lo que buscan es evitar que el cultivo y la producción de la hoja de coca sean derivados hacia el narcotráfico. En el presente caso  la propuesta que presentamos concurren con este objetivo común  pero partiendo necesariamente de una realidad que no podemos ignorar ni menos soslayar dado que las soluciones en este caso requieren de un tratamiento integral, coherente y sistemático.

 

EFECTO DE LA VIGENCIA DE LA NORMA SOBRE LA LEGISLACION NACIONAL

Los efectos de la presente iniciativa legislativa tiene como objeto precisar la distinción entre la producción de la hoja de coca para fines ilícitos y el uso para fines ilícitos. Reivindicando sus valores culturales y benéficos para la humanidad.

Asimismo tiene como efectos modificar el decreto Leg. 824 y sus normas modificatorias y la Ley N° 22095 en lo que se opongan a los objetivos de la propuesta que establece un organismo marco responsable de la nueva política nacional con un enfoque productivo.

En el ámbito internacional se pretende una modificatoria del tratado Internacional que considera a la hoja de coca como producto toxicológico.

 

ANALISIS COSTO BENEFICIO

La presente iniciativa no genera costo alguno al Estado porque reorienta los recursos del Programa de Desarrollo Alternativo a cargo de la Comisión Nacional para el Desarrollo y Vida sin Drogas – DEVIDA y la Empresa Nacional de la Coca – ENACO, a un nuevo organismo que tiene un enfoque productivo el mismo que permitirá el incremento económico de los productores agrícolas mediante la industrialización

 

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