Control a organizaciones sociales y solidarias
Un proyecto de ley marco para someter al sector social y solidario
Roberto Gómez L.
VOZ, 8 de octubre de 2003
EL gobierno de Uribe Vélez no ceja en su empeño de producir durante su
cuatrienio una verdadera contrarreforma constitucional, orientada al recorte de
los derechos fundamentales, limitación que alcanza los derechos económicos,
sociales, culturales y de asociación de los colombianos, consagrados como parte
esencial del Estado de derecho que promulga la carta política vigente, hoy en
extinción por procedimiento legal.
Esto, entre otras situaciones concretas, es lo que viene sucediendo con la
proyectada ley marco "regulatoria del sector social y solidario", identificada
con el número 144 en la comisión séptima del Senado, donde ya se aprobó y ahora
hace tránsito a la plenaria de esta célula congresional.
Ánimo fiscalista
Dicho proyecto, originalmente estudiado como marco regulatorio para la economía
solidaria y sus cerca de 11.100 organizaciones, dio un vuelco cuando la comisión
séptima incluyó dentro de su cobertura a las 79 mil organizaciones no
gubernamentales, fundaciones, y corporaciones sin ánimo de lucro existentes, a
las 45 mil juntas de acción comunal reconocidas, a las 400 redes del
voluntariado social distribuidas a lo largo y ancho del país, a los cientos de
comités de usuarios de los servicios públicos domiciliarios, y en general a
todas las organizaciones de beneficio común, solidarias y sin ánimo de lucro.
Todo esto no con espíritu de constituir el llamado "sector social y solidario",
sino con ánimo alcabalero, fiscalista, tributarista y de control institucional.
Dado su enorme impacto sobre las, por lo menos, 135 mil organizaciones sociales
afectadas, de manera somera acotaremos algunos de los aspectos que tocan,
negativamente, al sector de las fundaciones, corporaciones y en general ONG sin
ánimo de lucro, y a las del ámbito investigativo, científico y cultural, dejando
para posteriores enfoques lo relativo a las juntas de acción comunal,
voluntariado, salud, servicios públicos y la propia economía solidaria.
Lo primero por decir es que los autores de la amalgama contra cooperativas,
juntas comunales, voluntariado, entidades de teatro, poesía, música y pintura,
unidades de investigación científica o tecnológica, etcétera, sin mediar
análisis de fondo o revisar el marco legal en que actualmente se desempeñan
todas estas respetables, enjundiosas y crecientes organizaciones, lo que
demuestra su riqueza, diversidad y complejidad, fueron los senadores Dieb Maloof
Cuse y José M. Villanueva Ramírez, quienes sin menoscabo de que el proyecto
original se orientaba al sector de la economía solidaria (cooperativas,
precooperativas, empresas asociativas de trabajo, fondos de empleados y
similares), recomendaron la inclusión de 124 mil organizaciones más, con la idea
peregrina de que todas ellas son organizaciones empresariales, de producción
real, económica o financiera, y por ende del sector mercantil.
Propuesta alcabalara
Lo alcabalero de la propuesta radica en que, siendo todas las afectadas
entidades sin ánimo de lucro, les aplican el artículo 21 del proyecto,
denominado de la "matrícula social", el que dice: "En cumplimiento de sus
funciones, las cámaras de comercio deberán expedir a las organizaciones del
sector solidario una matrícula social, la cual les asignará los mismos derechos
y deberes que tienen las empresas mercantiles derivadas de la matrícula
mercantil".
Criterio distorsionante de lo que son en la realidad todas estas 135 mil
organizaciones, enmarcación mercantilista que le resta identidad a todas las
afectadas y desconocimiento de la profusa legislación acumulada al respecto.
Incluidas las leyes 24 de 1988, vigente, aplicable a las fundaciones,
corporaciones y ONG en general; la ley 79 del 88 referida al sector cooperativo;
la 454 del 98,con incidencia en los entes de economía solidaria; la ley 126 del
76 con ámbito en las juntas de acción comunal, la 142 de incumbencia a los
servicios públicos, y así sucesivamente.
Tributarista, desde luego, puesto que el artículo 20 del proyecto dice que "el
gobierno reglamentará y establecerá los derechos (pagos) por concepto de
registro, renovación anual e inscripción de las actas, libros, documentos y
expedición de certificados, que deben sufragar las afectadas a favor de las
cámaras de comercio".
Y onerosa, puesto que "las personas jurídicas objeto de la presente ley deberán
tener un revisor fiscal con su respectivo suplente, los cuales deberán ser
contadores públicos con matrícula vigente", disposición que, aunque válida para
las empresas de economía solidaria, no cabe con tal rigor en entidades de corte
cultural y artístico sin ánimo de lucro, en las comunales, en las ONG
municipales de derechos humanos o en los voluntariados en defensa de las madres
con sida o de los niños de las alcantarillas.
Y qué decir del artículo 8º, cuando plantea que los cargos a desempeñarse en las
organizaciones cobijadas por la ley 144, "obligatoriamente se proveerán mediante
concurso de méritos entre sus miembros", dejando de lado todas las teorías y
vivencias institucionales relacionadas con lo que es el liderazgo y conducción
inteligente de las organizaciones por parte de caracterizados y específicos
líderes o personalidades, que orientan sabiamente a sus organizaciones, por
derecho natural, por años y años con el beneplácito de sus seguidores y
defensores. Sería interesante ver al Teatro de La Candelaria, el año entrante,
haciendo concurso interno de méritos para remplazar a Santiago García de su
dirección dramatúrgica y teatral¸o al Museo de Arte Moderno haciendo concurso
similar para remplazar a Gloria Zea, a Omar Rayo del Museo de Roldanillo o al
científico Patarroyo de su Instituto de Investigaciones Inmunológicas.
Un abrebocas
Lo dicho hasta aquí sólo es un abrebocas al debate intenso que debe suscitar el
proyecto de ley 144, y el que obviamente incluye tanto a los afectados como a
los senadores y representantes que defienden los postulados de la ciencia, el
arte, la cultura, la cooperación empresarial solidaria, la acción comunitaria,
los comités defensores de los usuarios de los servicios públicos domiciliarios,
las entidades defensoras de derechos humanos y tantas otras de la sociedad
civil, hoy amenazadas por una propuesta que no hace distingos entre disciplinas
profesionales y sólo busca limitar derechos, provocar falsas asociaciones,
invocar la tributación como paradigma de lo social y, a la larga, anular
entidades, suprimir personerías jurídicas porque no hay libros contables al día,
actas rigurosamente llevadas, refrendación anual de direcciones institucionales
nacidas de la sabiduría, la consagración al trabajo específico, la identidad con
los suyos.
Inicio
Iniciativas
Ponencias
Documentos
Mama Coca
©2003
Mama Coca. Favor compartir esta información y ayudarnos a divulgarla
citando a Mama Coca.